El Siglo de Durango
Dentro del reglamento correspondiente a la Ley para la Protección a los no Fumadores del Estado de Durango aprobado recientemente, no se contemplan plazos para que se cumpla por parte de los entes públicos y los prestadores de servicios con lugares destinados para fumadores.
Conforme lo expresado por el titular de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Durango (Coprised), Nicolás Rodríguez Luna, dentro del nuevo marco legal no existen plazos para que las dependencias y aquellos propietarios de establecimientos como restaurantes y antros cuenten con lugares exclusivos para fumadores.
El funcionario estatal dijo que con este ordenamiento legal no se trata de vulnerar los derechos de las personas sino de respetar los derechos de los que no fuman y en este sentido se registran avances en esta ley.
Afirmó que la iniciativa surgió en el Congreso del Estado y afortunadamente ha habido respuesta en las dependencias oficiales como la Secretaría de Salud del Estado (Ssa) en donde no está permitido fumar en su interior; en esta institución se cuenta con espacios al aire libre.
Al ser cuestionado sobre la falta de espacios para fumar, mencionó que de acuerdo con el reglamento cada dependencia tendrá que aplicarlo conforme a sus necesidades ya que en algunas instituciones no tienen espacios abiertos como es el caso de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado (Sedesoe).
Indicó que la Ssa se encarga de vigilar que se cumpla con lo que establece el nuevo marco legal, si existe alguna denuncia de algún trabajador o bien de alguna persona; en este tipo de casos se busca hablar de manera inicial con el titular de la dependencia ya que no se quiere llegar con la sanción en la mano, sino que se dé la conciliación y que se adecuen las instalaciones.
Rodríguez Luna afirmó que hasta la fecha no se ha apercibido a nadie por no respetar el reglamento para la protección de los no fumadores.
Descartó que hubiera alguna sanción a los restaurantes por no contar con instalaciones adecuadas para los fumadores, ya que se requiere de un equipamiento especial; conforme a la ley se debe contar con extractores de humo.
Legislación
De acuerdo con el reglamento de la Ley para la Protección a los no Fumadores del Estado de Durango, quienes incumplan se harán acreedores a:
Un apercibimiento a los entes públicos.
Una sanción económica a los establecimientos privados como restaurantes y antros.
FUENTE: Investigación de El Siglo de Durango.