Durango

Listos, restaurantes para proteger a no fumadores: Canirac

Los restaurantes están obligados a proteger a sus comensales que no fuman con la delimitación de una zona especial para ellos.

Los restaurantes están obligados a proteger a sus comensales que no fuman con la delimitación de una zona especial para ellos.

El Siglo de Durango

El 90 por ciento de los restaurantes de la Canirac cuentan con los extractores de humo necesarios para cumplir con la Ley de Protección de No fumadores, asegura la líder del gremio, Blanca Esthela Vargas Ochoa.

Pero ante el gasto que generan estos aparatos, hay quienes mejor optaron por prohibir que se fume en sus negocios, dice la dirigente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac), capítulo Durango.

La dirigente empresarial señala que en la actualidad comienza una mejor temporada para los restaurantes, aunque a partir de noviembre deben estar preparados para el cierre de año.

Según la experiencia, en diciembre los comedores en la ciudad registran un repunte del 20 por ciento en sus ventas, conforme lo determina la entrevistada.

“Apenas empieza un mejor movimiento de clientes, ahorita no sé si a los restaurantes del Centro de la ciudad les haya ido mejor con lo del Festival Revueltas. Necesito informarme para poder dar una cifra al respecto”, diserta.

Se le pregunta si ya acataron las normas de la Ley de Protección a los No Fumadores. “La gente que está en Canirac, un 90 por ciento tiene extractores, hay unos que no lo tienen pero cuentan con áreas ventiladas, no creen necesario contar con estos aparatos”, fija.

Vargas Ochoa cita que los extractores implican una inversión de 15 mil o 20 mil pesos. Hay donde dicen de plano que se fume, ponen sus letreros de no fumar, y ya con eso protegen su negocio”, finaliza.

Según el artículo 15 de la citada ley, en los restaurantes, cafeterías, o similares, los propietarios, administradores, responsables, empleados y/o encargados de los mismos establecerán secciones de no fumar y de fumar.

La legislación marca que la sección para no fumadores no podrá ser menor al 40 por ciento del espacio del establecimiento. Estas secciones deberán contar con los señalamientos o indicaciones suficientemente visibles para el público, que delimiten las áreas.

Son los responsables de los establecimientos cuya dimensión no exceda de los 50 metros cuadrados de superficie para el servicio, o que no tengan más de diez mesas para comensales, quienes no están sujetos a la obligación de delimitar secciones para fumar y no fumar, y podrán libremente decidir si sus establecimientos cuentan o no con dichas secciones en función de su demanda.

Cuidado

Las sanciones administrativas para los que incumplan con la Ley de Protección a los No Fumadores son:

-Multa, que podrá ser de hasta por el importe de diez hasta cien días de salario mínimo diario general vigente en el estado.

-Arresto hasta por 12 horas.

-Clausura temporal de establecimiento y/o cancelación de concesiones o permisos según sea el caso.

FUENTE: Ley de Protección a los No Fumadores para el Estado de Durango.

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