Benedicto XVI no expulsará de la Iglesia, a los legisladores que votaron a favor de la despenalización del aborto en el DF., pero si los autoexcuyó de la eucaristía.
El Vaticano aseguró este miércoles que los diputados capitalinos que aprobaron la ley que permite el aborto no están excomulgados de la Iglesia y, además, el Papa Benedicto XVI "no tiene intención" de declarar dicha excomunión, aunque advirtió que no deberían participar del sacramento de la eucaristía.
La Santa Sede tuvo que precisar las palabras que el pontífice emitió a bordo del avión que lo transportó de Roma a Brasil y que fueron objeto de múltiples interpretaciones.
El vocero del Vaticano, Federico Lombardi, aclaró que Benedicto XVI no pretendió excomulgar a los legisladores que aprobaron la despenalización del aborto, pero aseguró que los políticos que votan a favor del legrado están "autoexcluidos de la eucaristía", es decir, no pueden comulgar.
Los periodistas preguntaron al pontífice: "¿Usted comparte la excomunión dada a los diputados de la ciudad de México sobre la cuestión del aborto?" -cuestión que nunca ha sido declarada por la Iglesia católica en el país.
El Papa respondió: "Matar a un niño inocente es algo incompatible con la comunión del Cuerpo de Cristo.... Por lo tanto, no hicieron algo (la Iglesia mexicana) nuevo, sorprendente o arbitrario. Sólo han expuesto a la luz y declarado públicamente cuanto está previsto en el derecho de la Iglesia".
Los corresponsales consideraron que su comentario avalaba la idea de la excomunión de los legisladores y así lo difundieron por medio de diversas agencias informativas.
Las declaraciones del Papa ocasionaron el rechazo de legisladores perredistas y del ombudsman capitalino, la indiferencia del jefe de Gobierno del Distrito Federal y los únicos en aprobar el derecho de opinar del máximo jerarca católico fueron los panistas.
El jefe de Gobierno, Marcelo Ebrard, dijo que simplemente lo que diga el religioso, no le interesa.
El especialista mexicano en temas religiosos Bernardo Barranco explicó que el hecho de que una persona no reciba la eucaristía no implica que esté excomulgada.
De acuerdo con el Código de derecho canónico, en el canon 1398 del año 1983, el delito de aborto para la iglesia se establece: "Quien procura el aborto, si éste se produce, incurre en excomunión latae sententiae", (sin sentencia).
El diccionario define a la excomunión "como una expulsión, permanente o temporal de una persona de una congregación religiosa".