Agustín Cabral Martell
CONSTITUCIÓN DE FIGURAS JURÍDICAS
Como resultado de los diferentes periodos del Reparto Agrario, en nuestro país tenemos 28, 661 ejidos con 85.6 millones de hectáreas y 3.3 millones de ejidatarios y 2,393 comunidades con 18 millones de hectáreas y 709,000 comuneros. Además se tienen 1.6 millones de pequeños propietarios con 73.4 millones de hectáreas. (INEGI 2002).
De la superficie anterior, se siembran, más o menos, 6.5 millones de hectáreas bajo riego, y 15 millones de temporal, distribuidas en el mosaico orográfico del territorio nacional, que va desde los suelos desérticos a los suelos del trópico húmedo y desde una altura cercana al nivel del mar hasta los 3000 metros sobre el nivel de éste.
En términos generales, prevalece el minifundio, ya que el 97% de los poseedores de tierra son pequeños productores con menos de 7 has. de superficie cultivable. El problema del minifundio se ha agravado en los últimos 20 años por la subdivisión familiar de las parcelas como forma de proporcionar ingresos a los descendientes de los propietarios originales y el envejecimiento de sus poseedores originales.
Otro aspecto es la alta migración de los pobladores rurales para buscar ingresos en otras actividades, por lo que se ha incrementado considerablemente el número de mujeres poseedoras de parcelas ejidales. Lo anterior ha provocado que para la mayoría de los pequeños productores el 44% de sus ingresos provengan de fuentes y actividades no agropecuarias.
Asimismo, tenemos un alto número de cultivos y sistemas de explotación con grandes contrastes, que van de la agricultura tecnificada, con infraestructura, riego y servicios, a la de temporal, con producción de subsistencia.
En lo social, es importante tomar en cuenta los diferentes usos y costumbres que existen en el país, debido a la presencia de diferentes mestizajes y razas o etnias como los seris, yaquis, coras, huicholes, tepehuanes, purépechas, chichimecas, nahuas, otomíes, mazahuas, tarahumaras, mayas, zapotecos, lacandones y zotziles, entre otras, lo que representa una riqueza social y religiosa, que se debe tomar en cuenta cuando se plantean formas organizativas, ya que se deben tomar en cuenta cuando se plantean formas organizativas, y deben respetarse las raíces y la forma de pensar y actuar del tejido social que les dará vida operativa.
Ante este panorama, debemos revisar las políticas de organización de productores que se han aplicado y que básicamente se refieren a la promoción preferencial de figuras jurídicas por sexenio, en un intento de organizar a los productores en esquemas ideales. Por ejemplo, tenemos que en los años 60 se impulsaron fuertemente las Sociedades Locales de Crédito Ejidal y las Cooperativas de Servicios; en los 70, se impulsaron las Asociaciones Agrícolas Locales, las Uniones de Ejidos e iniciaron las Sociedades de Solidaridad Social; en lo 80, se promovió la figura de Cajas Solidarias, las Sociedades de Solidaridad Social, los Sectores de Producción Ejidal, las Uniones de Crédito, y las Asociaciones Rurales de Interés colectivo; y en los 90, las Uniones de Crédito, las Sociedades de Ahorro y Préstamo, las Cooperativas de Producción y Servicios, y las Sociedades de Producción Rural.
Esto ha dado como resultado una amplia y variada legislación agraria y de desarrollo rural, referida principalmente a las formas de tenencia de la tierra ejidal, comunal, privada y nacional, de las cuales se derivan figuras jurídicas asociativas que agrupan a productores de un mismo o diferente régimen de propiedad, y que han propiciado que en la práctica se encuentren en el medio rural sobreposiciones de diferentes figuras asociativas, que inhiben o limitan la puesta en marcha de proyectos que avancen en la apropiación de mayor valor agregado por parte de los productores.
Por otra parte, los productores se confunden ante la diversidad de opciones existentes, siendo necesario que exista una visión clara y unificada para todos los actores del desarrollo rural sobre cuáles deben ser procesos organizativos y de integración, las figuras jurídicas asociativas y las características de las organizaciones económicas de los productores a fomentar, que permitan en las mismas una actuación con sentido empresarial, el desarrollo de administraciones profesionales al interior de la mismas y una adecuada y equitativa distribución accionaria y, por ende, de las utilidades que generan.
Para lo anterior, además de analizar el marco jurídico, es necesario revisar las tendencias nacionales sobre la constitución de figuras jurídicas.
En la actualidad el marco jurídico mexicano sobre las figuras asociativas jurídicas es:
1.-Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (D.O.F.5/II/17).
2.-Normatividad Profesional.
2.1.-Ley de Profesiones (D.O.F.26/V/45) y su reglamento. (D.O.F.1/X/45).
2.2.-Ley Federal del Trabajo.
3.-Normatividad Rural.
3.1.-Ley Agraria (D.O.F.26/II/92, 9/VII/93).
4.- Normatividad sobre la Banca y Finanzas.
4.1.- Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito (D.O.F.14/I/85).
4.2.-Ley para Regular las Agrupaciones Financieras. (D.O.F.18/VII/90 reformas15/II/95).
4.3.-Ley de Sociedades de Inversión. (D.O.F.14/I/85).
4.4.-Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
5.-Normatividad Mercantil.
5.1.-Ley General de Sociedades Mercantiles.(D.O.F.4/VIII/34, reformas en 1989).
5.2.- Ley de Sociedades de Solidaridad Social (D.O.F.27/V/76).
5.3.-Ley de Sociedades Cooperativas (D.O.F.3/VIII/94).
6.- Normatividad Civil
6.1.-Ley de Asociaciones Agrícolas (17/VIII/32) y su reglamento.
6.2.-Ley de Organizaciones Ganaderas (D.O.F.) y su reglamento.(D.O.F.)
6.3.- Código Civil (federal (D.O.F.26/V/28) y local).
8.-Normatividad Hacendaria.
8.1.-Ley del Impuesto sobre la Renta.
8.2.-Ley del Impuesto al Valor Agregado.
8.3.-Acuerdos entre Productores agropecuarios y Gobierno Federal.