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Obligadas, las escuelas privadas a anticipar cuotas y ajustes: Profeco

Informa Profeco sobre las obligaciones que deben cumplir las escuelas particulares en sus niveles de primaria y secundaria para con los usuarios de estos servicios.

Informa Profeco sobre las obligaciones que deben cumplir las escuelas particulares en sus niveles de primaria y secundaria para con los usuarios de estos servicios.

El Siglo de Durango

Están obligadas las instituciones educativas particulares a dar a conocer las cuotas y ajustes que se hagan 60 días antes de las inscripciones, para que brinden la información adecuada a los consumidores y éstos a su vez puedan elegir libremente y sin presiones de tiempo la mejor opción, expresó Óscar Gómez Ramírez, delegado de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

Las bases mínimas de los prestadores de servicios de educación (particulares) que deberán brindar dicha información son los que ofrecen la formación de nivel primaria y secundaria, precisó el funcionario federal.

Asimismo, comentó que las sociedades de padres de familia deberán estar al tanto de la información que se genere en ese sentido y de las condiciones que se den al respecto, ya que se deben someter a consideración los cambios que se planee aplicar en cuestión monetaria a quienes pagan por el servicio.

En cuanto a lo anterior, el funcionario reiteró que dicha necesidad radica en que los padres de familia podrán aceptarlo o incluso oponerse ante los cambios de la institución educativa si no se justifica dicha alza en los costos, según sus criterios.

ALERTA

Gómez Ramírez enfatizó que de ninguna manera las instituciones educativas podrán condicionar la entrega de documentos si se tiene algún adeudo monetario con la escuela, razón por la cual el plantel no debe retener los documentos oficiales que validan el grado educativo de sus alumnos, si es que éstos deciden cambiarse de centro de formación.

“No se deben de retener documentos... la educación no se puede limitar a un adeudo mercantil”, explicó.

De igual manera, comentó que los costos de los exámenes, constancias de estudios, duplicados, inscripciones, uso de canchas y biblioteca, credenciales y demás aspectos deberán ser dados a conocer a los consumidores de manera clara y precisa.

En cuanto al uso de uniformes, Óscar Gómez señaló que éstos no son obligatorios así como tampoco los útiles escolares nuevos, ni marcas exclusivas de productos, por lo que recomendó que los consumidores se informen y se preparen oportunamente para el próximo ciclo de clases.

Ahorro

La Profeco contempla algunas recomendaciones en cuanto a la adquisición de útiles escolares, mismas que se podrán pedir en dicha dependencia. A continuación, los productos que se incluyen:

-Lápices y bicolores.

-Lápices de colores.

-Plumones.

-Plastilina.

-Cuadernos y libretas.

-Gomas.

-Bolígrafos.

-Flautas.

-Diccionarios.

-Crayones.

-Pegamentos líquidos.

-Cintas adhesivas.

-Tijeras.

-Papel crepé, lustre, de china y cartulina.

-Juegos de geometría.

FUENTE: Profeco.

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