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Oficializan portabilidad de números telefónicos

Notimex

El Diario Oficial de la Federación publicó hoy la resolución por la que el Pleno de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) emite las especificaciones técnicas para la implantación de portabilidad de números geográficos y no geográficos.

Dichas especificaciones, que estarán vigentes a partir de mañana jueves 29 de noviembre, son de observancia general para todos los proveedores de servicios de telecomunicaciones.

Asimismo, tienen como objetivo definir el intercambio de dígitos en el Número de B (número telefónico que identifica el destino de la llamada) en la señalización entre redes públicas de telecomunicaciones a partir de la implantación de la portabilidad. Este decreto se emite en cumplimiento a diversos ordenamientos como la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT) y las Reglas del Servicio Local, y conforme a la resolución de portabilidad publicada el 12 de junio de 2007.

Aclara que de acuerdo con el artículo 7 de la LFT, los objetivos de dicho ordenamiento son promover un desarrollo eficiente de las telecomunicaciones, fomentar una sana competencia entre los diferentes prestadores de servicios de telecomunicaciones para ofrecer mejores precios, diversidad y calidad en beneficio de los usuarios, así como promover una adecuada cobertura social.

Adicionalmente, el artículo 44 fracción V de la LFT, establece que los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones deberán permitir la portabilidad de números cuando a juicio de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), sea técnica y económicamente factible.

Entre las especificaciones se encuentran los términos que serán utilizados en el servicio y sus características, así como los límites para la interconexión entre los proveedores.

Detalla que para efectos de determinar al proveedor de servicios de telecomunicaciones responsable de consultar la base de datos de portabilidad para obtener y enviar la información necesaria para el enrutamiento de las comunicaciones hasta el destino, se estará a lo dispuesto en el numeral 5.1 y 5.2 de la Resolución de Portabilidad ya publicada.

La Cofetel especifica en la resolución los formatos para el intercambio de dígitos en la señalización de las redes públicas de telecomunicaciones, ya sean llamadas locales, de larga distancia nacional o llamadas entrantes de larga distancia internacional.

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