La CNDH vela por el respeto a los derechos de las víctimas del delito.
Los efectos del delito no terminan con la afectación directa a la víctima sino que se extiende a terceros.
Torreón, Coah.- El respeto a los derechos fundamentales de las víctimas del delito constituye un elemento primordial para garantizar un mejor ejercicio de los derechos humanos en un estado democrático, lo cual implica la necesidad de identificar a las víctimas en un ámbito independiente al del derecho penal que es su campo original y prioritario.
De tal forma, en la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) es claro el objetivo de que se establezcan las bases legales necesarias para la adecuada y oportuna atención sin más limitaciones que las establecidas en la Ley.
La CNDH ofrece atención especial a las víctimas del delito, básicamente entre otros aspectos, el de redimensionar su papel y señalar las directrices que el Estado mexicano está obligado a observar no sólo para reconocer sus derechos, tal y como actualmente lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sino para hacerlos valer.
De igual manera, la Comisión busca propiciar que las autoridades en el ejercicio de sus funciones se abstengan de anular o desconocer tales derechos o de utilizar mecanismos que provoquen una doble victimización institucional. Los efectos del delito no terminan con la afectación directa a la víctima, sino que además se extiende indirectamente a terceros como la familia y a los testigos que le prestan ayuda, entre otros.
Las víctimas consideradas como las protagonistas olvidadas dentro de los sistemas de justicia, quedan aún sujetas al desamparo institucional, situación que en un estado de derecho y por humanidad no puede tolerarse.
Tradicionalmente las legislaciones de los distintos países en el mundo han contemplado al delincuente ignorando a la víctima, sin tomar en cuenta que la victimización puede provocar daños severos que en muchas ocasiones son de difícil o imposible reparación ya que, penetra el nivel más profundo de la integridad de una persona, no solamente en su aspecto físico, sino en su estado emocional alcanzando a sus relaciones sociales y familiares, su situación económica y hasta jurídica en la mayoría de los casos.
El abandono de las víctimas, la violación a sus derechos humanos, la ausencia de una política criminal efectiva, la impunidad, y la inexistencia de instituciones victimales suficientes y adecuadas, son razones para generar los mecanismos que se orienten a la búsqueda de propuestas concretas para su atención rápida y eficaz.
En México el tema de los derechos de las víctimas del delito durante muchos años, ha padecido una desatención parecida al olvido; en toda la cadena procesal penal mexicana siguen siendo el eslabón más débil; ha sido neutralizada o excluida del derecho procesal penal y sólo buscando apoyo en la Comisión Nacional de Derechos Humanos o en las comisiones estatales, se pueden lograr mayores beneficios.
Es importante saber
A partir de las reformas de 1993, al Artículo 20 de la Constitución Federal, se elevaron a rango constitucional los derechos de las víctimas, y en el año 2000, se incorporó el apartado B denominado De la víctima o del ofendido, en la actualidad los servicios victimológicos que se proporcionan por algunas instituciones públicas y privadas, como ya se señaló, son insuficientes, y en algunos casos deficientes.
Aunado a lo anterior, existe una amplia variedad de convenios institucionales o acuerdos administrativos, leyes penales sustantivas y adjetivas, leyes orgánicas de las procuradurías de justicia y leyes especiales sobre la materia.
Según la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), los convenios y acuerdos han generado que la prestación de servicios victimológicos no sea uniforme y por tanto, la vigencia de los derechos de las víctimas del delito y su aplicación sea ineficaz, ya que la mayoría de los centros asistenciales, proporcionan atención preferentemente a víctimas de violencia familiar y delitos sexuales, descuidando a las víctimas de delitos ordinarios.