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Persiste problema de taxis ‘cinqueros’ en GP

Rafael Ibarra

El Siglo de Torreón

Gómez Palacio, Dgo.- Los taxistas de diferentes organizaciones continúan trabajando de “cinqueros” en el bulevar Ejército Mexicano, ofreciendo el servicio colectivo, aunque la Ley Estatal de Transporte prohíbe esta actividad.

El Siglo de Torreón realizó un recorrido por esta vialidad desde el puente Solidaridad hasta los límites con Ciudad Lerdo y se pudo constatar que taxis de casi todas las organizaciones se dedican a recorrer este bulevar cobrando cinco pesos a las personas que solicitan su servicio.

En este caso los taxistas incurren en una falta porque la Ley de Transporte del Estado no les da autorización para ofrecer servicio colectivo, es decir, si suben a un pasajero tienen que llevarlo hasta su destino y en el trayecto no pueden subir a otro usuario, porque entonces se considera servicio colectivo y mucho menos pueden tener trazado un recorrido como se da en este caso.

La fracción diez del artículo tres de dicha Ley menciona que el taxi es un vehículo de alquiler con chofer destinado al transporte de personas, para prestar el servicio en una población determinada sin ruta e itinerarios fijos.

Durante el recorrido que realizó este medio de comunicación se pudo constatar que los choferes de los taxis sacan la mano con los dedos extendidos en cuando ven a una persona parada a un costado del bulevar, los taxistas violan también lo relacionado con el cupo de pasajeros, pues llegan a subir hasta a siete personas, cuando la Ley marca que sólo pueden subir a cinco personas.

El Siglo de Torreón intentó entrevistar al subdirector de Transporte del Estado, Roberto Ortiz Morales, sin embargo, el día de ayer la oficina permaneció cerrada y el teléfono celular del funcionario estaba fuera de servicio.

Otra irregularidad que se pudo apreciar durante el recorrido es que los taxis del Municipio de Torreón que vienen a dejar pasaje a la zona industrial de Gómez Palacio, aprovechan la ocasión para llevarse pasaje, esto se pudo apreciar en el crucero del bulevar Ejército Mexicano y calle Lerdo de Tejada.

LO QUE DICE LA LEY

A continuación se transcribe la fracción diez del artículo tres de la Ley de Transporte del Estado, donde habla de los taxis:

X.- Taxi: Vehículo de alquiler con chofer destinado al transporte de personas, para prestar el servicio en una población determinada sin ruta e itinerarios fijos, estando obligado el concesionario a prestar el servicio mediante el pago del precio que fijen las tarifas correspondientes. Estos vehículos, de acuerdo con la clasificación del servicio que determine el Reglamento de esta Ley, podrán tener capacidad máxima de 5 pasajeros, de acuerdo al cupo y características de fabricación;

FUENTE: Ley de Transporte del Estado

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