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Plaza Pública| El azar favorece al azar

Miguel Ángel Granados Chapa

La controversia constitucional sobre la Ley y el reglamento de juegos y sorteos concluyó con una aberración: el segundo de esos documentos, emitido por el presidente Vicente Fox y aplicado por su secretario de Gobernación Santiago Creel, cuando estaba a punto de dejar de serlo, es parcialmente inconstitucional, pero queda vigente. Todo el reglamento queda vigente. La voluntad del Ejecutivo y su colaborador principal resultó más eficaz que la de un órgano del Congreso y aun que la mayoría de la Suprema Corte. El efecto es que Televisa puede aprovechar sin cortapisas de ninguna especie los 130 permisos que recibió en mayo de 2004 para operar books y salas de sorteos. La cifra es la tercera parte del total de autorizaciones expedidas entonces a siete empresas.

De 1947 data la Ley mencionada, que comienza diciendo que los juegos y sorteos están prohibidos en México... excepto los que están permitidos. Desde entonces, nueve presidentes de la República evadieron emitir el reglamento de la Ley, un instrumento necesario para su aplicación, porque la discrecionalidad que permitía tal laguna jurídica hacía posible convertir los permisos en favores y cobrarlos. Quince secretarios de Gobernación (Salinas y Zedillo nombraron cada uno a tres) tuvieron directamente el privilegio de autorizar juegos y sorteos sin modulaciones reglamentarias.

En el sexenio de Fox se impuso la necesidad de emitir una nueva Ley, pues la dizque vigente se caía a pedazos, de vieja. Pero el Congreso demoró en procesar la norma necesaria y entonces el Ejecutivo aprovechó la ocasión para anticiparse y emitir un reglamento que en los hechos no completara sino sustituyera a la Ley. Si había transcurrido tanto tiempo sin ese documento legal, la prudencia aconsejaba esperar la Ley nueva, en vez de reglamentar la vetusta y al poco tiempo tener que reglamentar la que la sustituyera. Era claro, sin embargo, que la poderosa industria del juego, muchos de cuyos integrantes están vinculados a actividades dignas de atención ministerial y judicial, presionaba para sacar provecho de la penumbrosa situación que produciría la aplicación de un reglamento flamante a una Ley añeja.

La Cámara de Diputados, a instancia de legisladores priistas, inició una controversia constitucional por considerar que el presidente Fox se había convertido en legislador pues regulaba situaciones no previstas por la Ley. La demanda llegó a la Corte el 30 de noviembre de 2004. Exactamente dos años después el Ejecutivo impugnado dejó de ejercer su cargo sin que la controversia finalizara. Sólo fue resuelta anteayer, después de cuatro debates, pues los ministros discutieron uno a uno buena parte del reglamento.

Los ministros dieron la razón al presidente y la negaron a los diputados. La conclusión es que el reglamento es constitucional y es válido. Pero no todo fue tan liso y llano. La mecánica legal que regula las controversias es fuente de absurdos. Una mayoría de ministros estimó que ciertos pasajes del reglamento no debían prevalecer porque no regulan disposiciones de Ley sino pretenden valer por sí mismos. Pero aunque la mayoría optó por excluirlos, se quedan en el reglamento y pueden y deben ser obedecidos, porque en controversias constitucionales sólo se priva de vigencia a una norma cuestionada cuando así lo determina una mayoría calificada, de ocho de los once miembros del pleno. En ningún caso se alcanzó esa mayoría. Y el reglamento concebido en la oficina de Creel y emitido por el presidente rige la poderosa industria del juego.

Se dijo en su día que es mejor una regulación expresa, aunque no sea la idónea ni se refiera a una Ley adecuada, que el ejercicio de la discrecionalidad prevaleciente durante los gobiernos priistas. Y se dijo también que con la expedición de nuevos permisos se alentaba la competencia, a fin de evitar los monopolios. Esas explicaciones no correspondieron a los hechos, pues otorgar a un sólo peticionario un permiso de cada tres que se expidieron crea un monopolio, no lo destruye.

La discusión alargada a cuatro sesiones fue farragosa y confusa. De acuerdo con la transcripción del debate del último día, anteayer, hubo un momento en que votó el secretario general de acuerdos, que carece de ese derecho. Y es que los ministros se adentraron en terrenos que, es de suponerse, no les son familiares, como las peleas de gallos, el raspadito, los naipes, la ruleta. Y aunque se plantearon la cuestión, tuvieron por constitucional, es decir como aprobada por autoridad competente la operación de los centros de apuestas remotos. Estimaron que el reglamento no establece, como supusieron los diputados, juegos no previstos por la Ley sino que son los mismos admitidos por ésta, sólo que modificados por la tecnología.

No es buena noticia para la sociedad el que la Corte deje vigente el reglamento, como no lo fueron su emisión ni sus primeras aplicaciones. Los juegos de azar (como el que, sin quererlo se jugó en la Corte misma, pues el azar determinó que valiera como constitucional lo que es inconstitucional) no son simples distracciones y entretenimientos. Pueden afectar hondamente conductas individuales y lesionar los vínculos internos de las familias, que tanto dicen los conservadores que les importan. La legislatura que objetó el reglamento concluyó sus funciones. Pero la que la sucedió puede recoger sus razones y aprobar la Ley postergada, desprovista de los defectos de un reglamento confeccionado para uso y abuso político.

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