Durango

Podrán los trabajadores de Pensiones invertir su ahorro voluntariamente

La Dirección de Pensiones difunde las diferencias y los cambios que tendrá el sistema pensionario tras la aprobación de la nueva Ley de Pensiones de Durango entre los trabajadores afiliados.

La Dirección de Pensiones difunde las diferencias y los cambios que tendrá el sistema pensionario tras la aprobación de la nueva Ley de Pensiones de Durango entre los trabajadores afiliados.

El Siglo de Durango

A partir de la nueva Ley de Pensiones los trabajadores afiliados al sistema pensionario podrán invertir su ahorro individual en forma voluntaria a través del sistema Proacer, contemplado en las reformas a dicha ley estatal.

Desde la aprobación de las reformas a la referida legislación, la Dirección General de Pensiones del Estado de Durango ha intensificado la labor de explicación a detalle sobre los cambios más importantes que la ley contempla.

En ese sentido, el titular de la dependencia, Julián Salvador Reyes, indicó que se institucionalizará en breve el Proacer, un sistema de capitalización individual del ahorro de los trabajadores.

Sin embargo, este esquema incluye no sólo la participación de los afiliados al Sistema de Pensiones del Estado, sino también la de los trabajadores federales y federalizados que decidan adherirse.

Julián Salvador indicó que entre los cambios derivados de la reforma resalta que a partir de ella el cálculo de la pensión se determinará basándose en el sueldo base de cotización promedio del último año, ya que en la antigua legislación se promediaban los tres últimos años para la jubilación.

Respecto a la pensión por jubilación, con la nueva ley tienen derecho a ella los trabajadores con 35 años o más cotizados, y 56 años de edad para las mujeres y 58 años los hombres.

Mientras tanto, antes de las modificaciones aprobadas por el Congreso del Estado, tenían derecho a la pensión los trabajadores con 30 años o más cotizados e independientemente de la edad que se tenga. Lo cual ya no aplica.

Con la nueva ley, en la pensión por edad y tiempo de servicio tienen derecho los trabajadores con 15 años cotizados como mínimo y 56 años de edad las mujeres y 58 años los hombres. La antigua legislación otorgaba pensión por edad y tiempo de servicio a los trabajadores con 15 años cotizados como mínimo y 55 años de edad.

Asimismo, tras las modificaciones se otorgará pensión por fallecimiento del trabajador cualquiera que sea su edad y cuando menos con 13 años cotizados, cantidad que sufre una reducción de dos años pues la antigua ley contemplaba 15 años de cotización mínima.

Entre las innovaciones que más destaca el Director de Pensiones, resalta que se incluye un programa de permanencia laboral que se otorga a los trabajadores que alcanzando el derecho a su jubilación y puedan seguir en activo por un tiempo mayor, deseen hacerlo.

Este esquema no existía en la anterior ley. Para incentivarlos recibirán un estímulo a su ingreso salarial del 12.5 por ciento durante el primer año, y en lo subsiguiente, del 2.5 por ciento anual hasta alcanzar el total del 20 por ciento.

“Este estímulo podrán solicitarlo los trabajadores con 30 a 35 años de servicio, a partir del segundo año de que haya iniciado la vigencia de la ley; a aquellos que tengan de 35 años un día a 40 años de servicio, a partir del primer año de que haya iniciado la vigencia de la ley, y para quienes tengan 40 años un día o más laborados, será de manera inmediata”, expuso Julián.

Más novedades

La Dirección de Pensiones del Estado destaca otras novedades que la nueva Ley de Pensiones contempla respecto a la antigua legislación:

--Se diversifican los préstamos sociales, ampliándose para adquisición de bienes de bienes de capital.

--Se promoverá la creación del Seguro Funerario.

--El sistema de pensiones será revisado obligatoriamente cada cuatro años

--Los afiliados que dejen de laborar y reingresen al servicio público estatal, no perderán su antigüedad.

--Antes de la reforma, la antigüedad prescribe a los cinco años de haber dejado el servicio público.

--Se conserva el sistema solidario en el otorgamiento de pensiones.

--La nueva Ley se aplicará a los trabajadores que ingresen al servicio a partir del inicio de vigencia.

--Los derechos adquiridos de los trabajadores que se encuentran en activo, únicamente se verán afectados por el ajuste en el porcentaje de cuotas, mismo que será gradual; sin embargo, podrán gozar todos los beneficios.

--Se conservan todas aquellas prestaciones que sin estar consideradas en la Ley, se otorgan a los afiliados por acuerdo del Consejo Directivo.

Fuente: Cuadernillo “Principales Ejes de la Reforma a la Ley de Pensiones del Estado de Durango”.

Leer más de Durango

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Durango

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

La Dirección de Pensiones difunde las diferencias y los cambios que tendrá el sistema pensionario tras la aprobación de la nueva Ley de Pensiones de Durango entre los trabajadores afiliados.

Clasificados

ID: 288757

elsiglo.mx