EL Santuario se anuncia públicamente y se desconoce cómo está funcionando actualmente.
GÓMEZ PALACIO, DGO.- Por tercera ocasión después de haber sido clausurada abrió sus puertas la sala de masajes El Santuario que inició operaciones sin permisos en la pasada Administración Municipal, por lo que el propio Ayuntamiento presidido entonces por Octaviano Rendón ordenó su cierre. En ese tiempo el prostíbulo provocó gran molestia entre los vecinos y evidenció la falta de control por parte de las autoridades en este tipo de negocios. El Santuario incluso ya cuenta con un gran rótulo anunciándose.
Tras los señalamientos de los vecinos a esta casa editora, El Siglo de Torreón confirmó con las autoridades municipales en el mes de julio pasado que a pesar de no contar con los requisitos para su funcionamiento ni con el permiso para vender alcohol operaba la sala de masajes, ubicada en la calle El Roble 103 de la colonia Miguel de la Madrid, donde además por ser irregular nadie inspeccionaba a las sexoservidoras y donde se vendía alcohol en forma clandestina a plena luz del día.
Fue el 30 de julio a las 12:30 del día cuando el negocio fue clausurado tras la revisión administrativa promovida por el alcalde debido a que venció el plazo para que el propietario pagara la multa de 4 mil 760 pesos por vender cerveza sin permiso.
No obstante ésta no es la única anomalía, pues el negocio se ubica además a menos de 150 metros de otro establecimiento similar y de otros tres donde se vende cerveza. Toda la papelería entregada por su propietario anteriormente señalaba que era un restaurante y no un prostíbulo. Tampoco tenía la autorización de los vecinos.
Además, se encuentra aproximadamente a 80 metros de la Escuela Primaria 15 de Septiembre ubicada entre las calles Claveles, esquina con Primavera, misma que también está frente a una iglesia, lo que va en contra el reglamento municipal de Alcoholes.
Las prohibiciones
Las fracciones IV, V y VII del Artículo 13 del reglamento de Alcoholes tratan sobre la anuencia de vecinos, la constancia de que no existe ningún negocio similar en un radio de 150 metros y la certificación de que el establecimiento se encuentra fuera de un radio de 150 metros de los edificios o casas destinadas a jardín de niños, instalaciones educativas públicas o privadas, centros culturales, hospitales, sanatorios, fábricas, edificios públicos, mercados, cuarteles militares, casetas de Policía y templos religiosos.