Andrés Albo, en el momento de rendir protesta como consejero presidente provisional del IFE, luego de ser ratificado por el consejo General del Instituto. (El Universal)
Expresa Andrade respaldo a presidente del IFE y convoca a continuar su tarea.
Andrés Albo Márquez fue nombrado presidente provisional del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) luego de haber sido electo con cuatro votos a favor y tres en contra.
El nuevo titular del órgano electoral se excusó en su oportunidad de participar en la votación del acuerdo que propició su nombramiento, por lo que sólo votaron siete de los ocho consejeros actuales de ese órgano.
Alejandro Latapí, Teresa González, Arturo Sánchez y Virgilio Andrade respaldaron la designación del nuevo presidente del Consejo General.
En tanto, Marco Antonio Gómez, Rodrigo Morales y Lourdes López se pronunciaron en contra; esta última hizo, en su oportunidad, una severa crítica sobre la forma en que se llevó a cabo la designación del sustituto de Luis Carlos Ugalde
Sostuvo que Ugalde Ramírez dio información a un bloque de consejeros que maniobraron para apoyar a su candidato.
Al asumir la presidencia provisional, el consejero presidente afirmó que el trabajo del IFE no se detiene sino que debe continuar y aseguró que durante el periodo que se mantenga en el cargo promoverá el diálogo entre todos los consejeros y con las asociaciones políticas representadas.
Llamó a aprovechar la coyuntura para recobrar la normalidad de la institución e hizo votos porque las fuerzas políticas en el Congreso de la Unión consoliden acuerdos para cumplir con los dispuesto en la Reforma Electoral.
El acuerdo que da origen al nombramiento provisional de Andrés Albo establece que la designación provisional del consejero presidente tendrá efectos en tanto la Cámara baja elija a un nuevo titular en forma definitiva.
Dicho documento surtió efectos al momento de ser aprobado por el Consejo General en la sesión extraordinaria celebrada ayer y deberá ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Polemizan por duración del relevo
Senadores del PAN, del PRI y del PRD polemizaron ayer sobre las implicaciones que tendrá para Andrés Albo haber asumido la presidencia del IFE.
Recordaron que los transitorios de la reforma constitucional señalan que el titular del Consejo General debe quedar fuera del mismo, como consecuencia de la renovación parcial que acordarán los diputados en febrero de 2008.
Entrevistados por separado, los legisladores del PAN, del PRI y del PRD coincidieron en que Albo no podrá permanecer como presidente del IFE más allá de febrero.
"Creo que, en principio, sí tendría que salir, aunque no puedo afirmarlo de manera contundente, sería cuestión de una análisis a detalle", aseguró el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos Primera, Alejandro Zapata.
El presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales, Pedro Joaquín Coldwell, advirtió que lo único seguro es que Albo deberá dejar la titularidad del IFE tras las designaciones que realicen en San Lázaro.
Arturo Núñez, presidente de la Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, explicó que el futuro del presidente interino es incierto, ya que podría salir del IFE por ser el titular o por ser uno de los dos consejeros que deben abandonar el cargo.
Desechan amparos de la IP
Dos jueces federales desecharon ayer por notoria improcedencia los amparos que las confederaciones Patronal de la República Mexicana (Coparmex) y de Cámaras Industriales (Concamin) promovieron para impugnar la reforma constitucional en materia electoral.
María Guadalupe Rivera, juez cuarta de distrito en materia administrativa, desechó la demanda de Coparmex, mientras que su colega Álvaro Tovilla, juez noveno, hizo lo propio con el amparo de la Concamin.
Ambas confederaciones, al igual que otras cúpulas del sector privado, se inconformaron contra el Artículo 41 de la Carta Magna, en la parte que prohíbe la contratación de todo tipo de propaganda electoral en radio y televisión a cualquier persona física o moral.
La juez Rivera afirmó que se actualiza la causa de improcedencia prevista en el Artículo 73, fracción XVII de la Ley de Amparo, que señala que este juicio será improcedente "cuando subsistiendo el acto reclamado, no pueda surtir efecto legal o material alguno por haber dejado de existir el objeto o la materia del mismo".
Rivera agregó que este criterio también está relacionado con el artículo primero de la misma ley, que señala que el amparo solo procede contra "leyes o actos de la autoridad que violen garantías individuales", pero no contra la Constitución.
La semana pasada, otro juez federal desechó un amparo similar del Consejo Coordinador Empresarial (CCE), pero lo hizo con un criterio distinto, pues se limitó a aplicar jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia que señala que las reformas Constitucionales no son susceptibles de revisión o control por el Poder Judicial.
Coparmex y Concamin tendrán 10 días hábiles para promover un recurso de revisión, que será turnado a un Tribunal Colegiado de Circuito, y que eventualmente podría llegar a la Suprema Corte de Justicia, aunque esto último no necesariamente sucederá.