AGENCIAS
México, DF.- La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los salarios mínimos generales y profesionales vigentes a partir del primero de enero de 2007.
De acuerdo con las áreas geográficas, la cantad mínima que deberán recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo serán para el área ?A? de 50.57 pesos, ?B? 49.00 y ?C? 47.60 pesos, lo que representó en los tres casos un aumento de 3.9 por ciento.
Asimismo, informó que se determinó dejar a salvo la lista de Profesiones, Oficios y Trabajos Especiales vigente en 2006, porque era necesario profundizar en su análisis con información adicional para modificarla, sustituirla y actualizarla como lo propuso la dirección técnica.
Los salarios mínimos se determinaron luego de que la Dirección Técnica llevó a cabo los trabajos de investigación y realizó los estudios necesarios para determinar las condiciones generales de la economía del país, los principales cambios observados en la evolución de las actividades económicas, así como las variaciones en el costo de la vida de las familias.
Además investigó las características y evolución de las condiciones del mercado laboral y de las estructuras salariales, y solicitó información y estudios a instituciones oficiales con anticipación a la elaboración del Informe correspondiente, así como determinó plazos para la recepción y análisis de los informes y sugerencias que desearan hacer los trabajadores y patrones.
Por su parte, el Consejo de representantes de la Comisión al establecer los salarios mínimos valoró la expectativa de que en 2007, el valor real del Producto Interno Bruto (PIB) se incremente a una tasa anual de 3.6 por ciento menor a la prevista para el presente año.
Ello como resultado de la desaceleración de la producción industrial estadounidense, así como de una contribución de la industria automotriz al crecimiento del producto significativamente menor que la observada en 2006.
Entre otras valoraciones tomó en cuenta que la competencia internacional seguirá representando un desafío para las exportaciones de las manufactureras mexicanas en el mercado estadounidense.
Por último, se destaca que los créditos al salario y los factores de subsidio al salario que incrementen el ingreso de los trabajadores se aplicarán en los términos obligatorios y directos que se encuentren vigentes a partir del uno de enero de 2007, con independencia de estos salarios mínimos.
Los salarios contractuales se continuarán revisando en la más amplia libertad de las partes, dentro de las condiciones específicas de cada empresa, de manera que el incremento promedio al salario mínimo no sea ni piso ni techo para las revisiones correspondientes.