Que una mujer sea gobernadora, diputada o senadora, quizá ya no escandalice. Pero si decimos, ¡mujeres al poder!, provocamos preinfartos. Y es que en la concepción tradicional el poder en general y el político en particular se cree que les pertenece a los varones.
El pasado miércoles en México conmemoramos el 54 aniversario del derecho femenino al voto. Es una buena oportunidad para ver cuánto falta para llegar a la meta. ¿Cuál es la meta?
Representamos la mitad de la población, solemos ser las que más participamos en las tareas de organización de las elecciones y las que más votamos. De manera que aspirar a la mitad del poder político, no sólo es lógico sino que es justo y es democrático.
Pero en México, de 32 entidades federativas, incluido el DF, sólo dos son gobernadas por mujeres (6.25%). Nuestra representación en los congresos locales no rebasa 17%. Y menos de 100 de las casi 2 mil 500 presidencias municipales son gobernadas por mujeres (4%).
Para equilibrar la balanza se han tenido que elaborar lo que se conoce como “leyes de cuotas”.
Noruega, en la década de 1970, fue la primera en incorporar medidas que obligaran a los partidos políticos a postular a 40% de mujeres en cargos de elección popular. Poco tiempo después hizo lo mismo el resto de los países nórdicos. Hoy son en el mundo las naciones que más mujeres tienen en sus parlamentos y, en general, en todos sus órganos de decisión.
En América Latina, Argentina incorporó leyes de cuotas en 1991. En los siguientes seis años diez países hicieron lo mismo con cuotas que van de 20 a 40%, fundamentalmente en órganos legislativos. Y los resultados también han sido positivos, aunque con claroscuros.
En México el primer intento data de 1993. En el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), se estableció una especie de invitación a los partidos para promover una mayor participación de las mujeres.
En 1996 los movimientos de mujeres consiguieron incluir precisiones a la ley. Por primera vez se habló de una cuota específica. Se estipuló que los partidos políticos, al postular candidaturas a diputaciones y senadurías, no debían excederse de 70% para un mismo género.
Entonces, en las elecciones de 1997 la presencia femenina se incrementó de manera importante. De ocupar 70 escaños pasamos de golpe a 93 en la Cámara de Diputados.
Pero en los partidos se encontró la manera de cumplir la ley sin abrir los espacios. Colocaron a las mujeres en cargos de suplencia y en los últimos lugares de las listas de representación proporcional. Resultado: en las elecciones de 2000 nuestra presencia bajó de 93 a 83.
En las reformas de 2002 las mujeres lograron mayores precisiones. Se especifica que la cuota debe observarse en candidaturas propietarias, y las listas de representación proporcional deberán integrarse por segmentos de tres candidaturas, en cada uno de los tres primeros segmentos habrá una candidatura de género distinto. Asimismo, se establecieron sanciones que van de la amonestación pública a la negativa del registro de las candidaturas.
Nuestra representación tuvo un salto histórico. Pasamos de 83 curules en 2000, a 112 en 2003.
Sin embargo, la ley señala que para la cuota quedan exceptuadas las candidaturas de mayoría relativa resultado de un proceso de elección mediante voto directo. Y ahí perdemos. Porque las elecciones internas requieren relaciones de poder y dinero; algo que la mayoría de las mujeres poseen en menor medida que los varones, quienes detentan el poder desde hace muchos años.
Por eso no es extraño que la mayoría de las mujeres que llegaron a la Cámara Baja en 2003 lo haya hecho vía la representación proporcional. Y tampoco es extraño que para esta LX Legislatura sólo se incrementara nuestra representación en 4 curules, al pasar de 113 a 117.
En las entidades del país la situación varía, pero se ha observado un impacto positivo a partir de la aplicación de cuotas. En 2004 -de acuerdo con Diego Reynoso y Natalia D’Angelo, en su texto Ley de cuotas y elección de mujeres en México-, 24 de las 32 entidades contaba con alguna normativa alusiva a la representación por género.
Al analizar el resultado de 112 elecciones de 1994 a 2004 encontraron que la presencia de una mínima legislación que favorezca la participación femenina tiene un impacto positivo en el porcentaje de mujeres electas.
Más aún, se destaca que en las entidades que cuentan con una ley que precise que la cuota es en candidaturas propietarias, la presencia de mujeres aumenta en 7.7 puntos porcentuales en comparación con aquellos estados cuyas leyes no lo precisan.
Total, parece que el camino es impulsar que las leyes de cuotas sean lo suficientemente específicas para que no haya posibilidad alguna de que no se cumpla un mínimo de 30%.
La meta es 50%. Tomemos aire. Falta un largo trecho.
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