La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó un decreto por el que se adicionan dos artículos al Código Federal de Procedimientos Penales, con lo que se eliminarán las constancias de antecedentes penales a las personas que hayan resultado inocentes en un juicio.
El escrito, difundido en el Diario Oficial de la Federación, señala que se adicionan los artículos 165 Bis y 165 Ter, que entrarán en vigor el 8 de diciembre.
El Artículo 165 Bis indica que se cancelará el documento de identificación administrativa que establece el Artículo 165 cuando "el proceso penal haya concluido con una sentencia absolutoria que haya causado estado".
También se eliminarán los documentos en que conste la identificación de individuos indiciados o inculpados con motivo de cualquier averiguación o proceso penal cuando "el sobreseimiento recayera sobre la totalidad de los delitos a que se refiere la causa".
Así como en el caso de "reconocimiento de inocencia, contemplado en el Artículo 96 del Código Penal Federal".
El Artículo 165 Ter señala que el juzgador, de oficio y sin mayor trámite, debe ordenar la cancelación del documento de identificación administrativa y dejar constancia en el expediente.