Todos los trabajadores deben recibir aguinaldo
El pago mínimo para la prestación es de 15 días de sueldo base y debe cubrirse antes del 20 de diciembre
GÓMEZ PALACIO, DGO.- El aguinaldo surge como incentivo a los trabajadores por su colaboración en la operación de la empresa a lo largo del año, en donde se busca ayudar a enfrentar los tradicionales gastos de diciembre que se acostumbra efectuar en México.
En México, la Ley Federal del Trabajo en su Artículo 87 establece que el aguinaldo mínimo será el equivalente de 15 días de sueldo base y que deberá cubrirse antes del 20 de diciembre de cada año. El aguinaldo es un derecho irrenunciable de los trabajadores de percibir anualmente en moneda de curso legal y no en mercancías.
También establece que los trabajadores que por cualquier motivo no laboren durante todo el año, tendrán derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo conforme al tiempo trabajado. Las empresas podrán otorgar a sus trabajadores un aguinaldo superior a los 15 días. Sin embargo el patrón no puede alegar ventas bajas, dificultades económicas o falta de utilidades para reducir su importe o no efectuar su pago.
Hay empresas cuyo sindicato tiene determinado en su contrato colectivo un beneficio mayor para sus trabajadores, en tal caso el patrón debe apegarse a lo que está establecido en dicho contrato.
El importe del aguinaldo se calculará en base al salario diario vigente del trabajador. En caso de que el trabajador perciba un salario variable, el salario diario será el promedio de los salarios percibidos durante el año o durante el periodo transcurrido en el caso de no haber laborado todo el año.
Los comisionistas considerarán como salario diario el promedio de las comisiones obtenidas en el último año o proporción. Los Trabajadores incapacitados y en maternidad se considerarán como trabajadores activos y tendrán derecho a recibir íntegra la gratificación anual.
Los trabajadores del Estado percibirán como aguinaldo el importe de 40 días de salario sin deducción alguna, según la Legislación Federal del Trabajo Burocrático, en este caso el pago se realiza en dos partes, en un periodo comprendido desde el 15 de diciembre hasta el 15 de enero del siguiente año.
El patrón tiene la obligación de pagar el aguinaldo antes del día 20 de diciembre, y en caso de no hacerlo estaría incurriendo en una falta y en este supuesto los trabajadores tienen la posibilidad de acudir ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje para exigir este pago.
Cuando un empleado es despedido, sin importar la fecha en que esto sucede, también tiene derecho a que le paguen la parte proporcional del aguinaldo, de las vacaciones y su prima vacacional.
La mayoría cumple: Coparmex
La mayor parte de las empresas de la región pagan un mes de sueldo por concepto del aguinaldo a los trabajadores, como un reconocimiento de las compañías a la labor de los empleados, según estudios que la Coparmex Laguna ha realizado al respecto.
Fernando Royo Díaz Rivera, presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) Delegación Laguna, explicó que la Ley establece que deben ser 15 días pero la mayoría de las empresas opta por pagar el mes completo como una compensación de la compañía hacia los trabajadores.
De acuerdo al registro que realizó la Coparmex entre sus más de 450 socios de la Comarca Lagunera, el 15 por ciento de las compañías paga a sus empleados 40 días de aguinaldo, que es más de lo considerado por la Ley Federal del Trabajo, mientras que el 25 por ciento paga los 15 días a que están obligados de acuerdo a la normativa y el 60 por ciento restante paga un mes de sueldo por este concepto.
Señaló que en la Región Lagunera es muy raro que una empresa se atrase en el pago de aguinaldos, pues la inmensa mayoría cumple cabalmente con esta obligación en las primeras semanas de diciembre. “Aquí en la región las empresas son muy cumplidas, todas en general realizan este pago en tiempo y forma”, expresó. (Por Fabiola Pérez Canedo)
Erogarán en GP 15 mdp
El Ayuntamiento de Gómez Palacio erogará en aguinaldos 15 millones de pesos. El primer pago será este viernes 7 de diciembre donde se saldará por completo el pago de esta prestación a los trabajadores sindicalizados que son más de 900 en la actual Administración Municipal.
El viernes se pagarán 8 millones de pesos y el sábado 8 de diciembre se pagará la mitad de los 7 millones de pesos restantes que corresponden al pago de aguinaldo de los trabajadores de confianza que son más de 800. La otra mitad se pagará a principios del mes de enero. Alrededor de 400 empleados se encuentran pensionados.
¿En dónde quejarse?
Si usted no recibe su aguinaldo puede acudir a:
*Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Torreón, Coahuila.
Av. Morelos No. 47 Pte., colonia Centro.
Tel: 712-0112 y 712-9473
*Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Gómez Palacio, Durango,
bulevar Miguel Alemán 226 Pte. Tercer Piso.
Tel: 723-16-12