EDITORIAL Caricatura editorial columnas editorial

Tragedias en Pasta de Conchos| Plaza Pública

Miguel Ángel Granados Chapa

A la tragedia inicial, ocurrida el 19 de febrero de 2006, en que murieron 65 personas en Pasta de Conchos, han seguido otras tragedias que ahondan el pesar y la indignación de los deudos. El cuatro de abril fueron suspendidos los trabajos de rescate de 63 mineros (sólo dos aparecieron el año pasado), con lo que se cancela la posibilidad de recuperar los cuerpos, íntimo anhelo de las familias dañadas. Y el 17 de este mismo mes se sobreseyó el juicio, apenas iniciado tres semanas antes contra cinco ejecutivos y empleados de la empresa concesionaria, lo que quiere decir que, cerrado el caso, ellos quedaron en libertad.

La empresa Southern Copper, del Grupo México, con oficinas mexicanas en San Luis Potosí, contrató en marzo al señor D.G. Wooton, asesor en procedimientos de recuperación, domiciliado en Henderson, Kentucky. Visitó el día 23 la mina, para evaluar los trabajos de rescate; entrevistó al personal el día 24 y al día siguiente se reunió con “funcionarios de la empresa para obtener y revisar información más detallada”. El 30 de marzo emitió su recomendación, que consiste en suspender el rescate, decisión que la empresa hizo suya y anunció el cuatro de abril. Es una resolución unilateral e inapelable que, sin más, sin conocer su fundamento fue aplaudida por una comisión de diputados federales que a fin de este mes ofrecerá su propio informe de la situación.

El peritaje de Wooton se divide en trece apartados: Descripción del proyecto, Antecedentes, Hallazgos, Informes por parte de funcionarios de la empresa, Entrevistas con la gerencia de minas y personal de rescate de la mina, Entrevistas con asesores de seguridad, Gases de la mina, Observaciones a partir del examen de la mina, Derrumbe de techos, Materiales y suministros, Personal, Condiciones de la mina inexplorada y Peligro relacionado con la calidad del agua. Un eje se percibe a lo largo de los capítulos: el rescate ha sido costoso y enfrenta riesgos crecientes. Por eso la conclusión es inevitable:

“El ambiente en la mina de Pasta de Conchos plantea demasiados riesgos para seguir adelante con la recuperación de las víctimas. La única justificación para exponer a los mineros del carbón a los riesgos existentes en esta mina sería un intento de rescate de supervivientes.

“La posibilidad de recuperar todos los cuerpos es remota, debido a los masivos derrumbes del techo y daños de la explosión. Igualmente, es poco probable que se pueda determinar la causa de la explosión, debido a los derrumbes de techos e inundación de agua...

“Es conveniente para la salud y la seguridad de los mineros de Pasta de Conchos que la empresa suspenda rápidamente los trabajos los trabajos de exploración y recuperación en la mina. A pesar (de) los valientes esfuerzos de todos los involucrados en los últimos trece meses y la noble causa que los impulsa, recomiendo ampliamente terminar las operaciones de recuperación para impedir mayores lesiones físicas o fallecimientos”.

Los deudos de las víctimas no aceptaron la cancelación del rescate. El once de abril escribieron al presidente de la República (fue la segunda vez que lo hicieron, sin siquiera un acuse de recibo) pidiendo que la Secretaría del Trabajo aborde el asunto, como responsable de aplicar medidas de seguridad. O que lo hagan expertos de la UNAM y el Politécnico. O que se acepte el ofrecimiento de la Federación Internacional de Trabajadores de la Industria Metalúrgica, dispuesta a enviar personal para el rescate.

En espera de noticias de la casa presidencial, los familiares de los muertos de Pasta de Conchos las tuvieron y no buenas, del juzgado penal que había comenzado el proceso a cinco ejecutivos y empleados de Industrial minera México por homicidio culposo, fórmula jurídica en que se sintetizó su negligencia en cumplir reglas que preservaran la vida de los mineros y que causó su muerte. Apenas había comenzado el juicio penal el 28 de marzo y súbitamente concluyó el 18 de abril, a menos de un mes de iniciado. En una medida que nadie le solicitó (salvo que fuera inducida por la defensa de los procesados), el fiscal especial del caso, Jorge Ríos, solicitó al juez que se fijara el monto de la reparación del daño. El juez Sergio Tamez Moreno lo hizo de inmediato: tasó a cada minero en 182,629 pesos y lo notificó a los inculpados, cuya empresa depositó los once millones que resultan de multiplicar ese precio por 65. Y entonces los defensores solicitaron y obtuvieron, la libertad de sus clientes conforme al Artículo 155 del código penal de Coahuila.

Éste se refiere a la extinción de la acción penal por perdón “o acto equivalente”, como la reparación del daño. El propio fiscal Ríos instó a algunas familias a cobrar la cantidad que les corresponde, con el sofisma de que pueden perderlo si no lo reclaman en plazo perentorio. Cuando todos los deudos tengan consigo el precio de su ser querido, ya no habrá nada que reclamar. Ahora mismo, sin embargo, están ya libres, exonerados de toda culpa merced a la fuerza del dinero el gerente Rubén Escudero, los superintendentes Sergio Rico Pérez, Fermín González Bermea y Antonio Campos González y el ingeniero de seguridad Emilio Rodríguez Díaz. Fueron acusados de matar a 65 personas. El proceso penal ahora sobreseído hubiera determinado si en efecto incurrieron en esa responsabilidad o no. Pero el peso financiero de su empresa y la diligencia de sus abogados los eximieron del infierno carcelario. Sólo los deudos de las víctimas viven el suyo, irremediable.

Leer más de EDITORIAL

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de EDITORIAL

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Clasificados

ID: 271585

elsiglo.mx