Torreón Calidad del aire Peregrinaciones Tránsito y Vialidad

Violar los derechos de autor es delito federal

Asesoría Legal

Violar los derechos de autor es delito federal

Violar los derechos de autor es delito federal

René Arellano

El MP Federal y la SHCP pueden actuar en caso de incumplimiento de pago por uso de música y/o letra de canciones

El Siglo de Torreón

Gómez Palacio, Dgo.- Los derechos de autor están protegidos por la legislación federal y quien no cumpla con los pagos correspondientes al uso y comercialización de música y letra de compositores, tanto nacionales como extranjeros, pueden hacerse acreedores a una sanción por parte del gremio en la materia e incluso a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

René de Haro Rosales, representante de la delegación Durango de la Sociedad de Autores y Compositores de Música (SACM), señaló que quienes cuenten con un restaurante, bar o cualquier establecimiento donde la música sea parte de la prestación de servicios, “se comenzará a solicitar el pago correspondiente por dicha comercialización”. De Haro Rosales detalló que la SACM es una instancia donde se cobran regalías por los derechos de autor “cuando hay algún evento, donde se hace uso de la música”, como lo marca la Ley Federal de los Derechos de Autor.

En lo que corresponde a actos masivos como conciertos y bailes, “lo que estipula la Ley (es que) se cobra el seis por ciento del total del ingreso bruto de la taquilla”.

De Haro Rosales detalló que “quien no cumpla estarán incurriendo en una violación al Artículo 192 de la Ley Federal de Derechos de Autor y entonces se pasa un reporte al departamento jurídico y se determina su procedencia administrativa o penal”.

Precisó que aunque en La Laguna de Durango no se ha presentado el caso, cuando algún empresario se niega a pagar los derechos de autor a la SACM, dicho organismo puede solicitar la intervención de un Ministerio Público Federal e incluso, en situaciones extremas, se informa de dicha situación a la SHCP. Destacó que en los casos de bailes o conciertos con fines de recaudación de fondos para causas sociales indicó que “también tiene que pagar el impuesto de las regalías, porque está haciendo una obra que está lucrando con él, ya sea el artista, el político o la organización social, nos tiene que hacer llegar un oficio para presentarla ante las oficinas en la Ciudad de México”.

Sanciones

En el capítulo II de la legislación federal en la materia, se establecen las infracciones en materia de comercio.

Artículo 232.- Las infracciones en materia de comercio previstos en la presente Ley serán sancionados por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial con multa:

I. De cinco mil hasta diez mil días de salario mínimo en los casos previstos en las fracciones I, III, IV, V, VII, VIII y IX del artículo anterior;

II. De mil hasta cinco mil días de salario mínimo en los casos previstos en las fracciones II y VI del artículo anterior, y

III. De quinientos hasta mil días de salario mínimo en los demás casos a que se refiere la fracción X del artículo anterior.

Se aplicará multa adicional de hasta quinientos días de salario mínimo general vigente por día, a quien persista en la infracción.

FUENTE: Ley Federal de Derechos de Autor

Leer más de Torreón

Escrito en:

Comentar esta noticia -

Noticias relacionadas

Siglo Plus

+ Más leídas de Torreón

LECTURAS ANTERIORES

Fotografías más vistas

Videos más vistos semana

Violar los derechos de autor es delito federal

Clasificados

ID: 270634

elsiglo.mx