El Reglamento para la Liquidación y Destino de los Bienes de los Partidos Políticos Nacionales que pierdan o les sea Cancelado su Registro establece que un “interventor”, desde el momento de declararse el fin de la existencia de un partido, se hará cargo de su administración total. (Archivo)
Incluso con el apoyo de la fuerza pública, se garantizará que los bienes del organismo político no sean vendidos.
El Instituto Federal Electoral (IFE) aprobó el “Reglamento para la Liquidación y Destino de los Bienes de los Partidos Políticos Nacionales que pierdan o les sea cancelado su registro” que operará a partir de la próxima elección federal intermedia de 2009.
Con ello el IFE intervendrá, incluso con el apoyo de la fuerza pública, a los partidos políticos que pierdan su registro, con el fin de garantizar que los bienes del organismo político no sean vendidos, hipotecados o donados.
Además, el instituto volverá “líquido” todo el patrimonio del partido para venderlo y así cumplir con las obligaciones laborales, pagar multas impuestas por las autoridades electorales, cubrir compromisos con proveedores y, si sobra algo, reintegrarlo a la Federación.
Se cancelarán cuentas y cheques; si un partido tiene dinero en varias cuentas, se transferirá a una sola que servirá como cuenta concentradora de los recursos que serán vertidos durante el proceso de liquidación de su patrimonio y pago de compromisos laborales y administrativos, etc.
“El interventor y sus auxiliares tendrán acceso a los libros de contabilidad, registros y balanzas de comprobación del partido político, así como a cualquier otro documento o medio electrónico de almacenamiento de datos que le sean útiles para llevar a cabo sus funciones”.
El Reglamento para la Liquidación y Destino de los Bienes de los Partidos Políticos Nacionales que pierdan o les sea Cancelado su Registro establece que un “interventor”, desde el momento de declararse el fin de la existencia de un partido, se hará cargo de su Administración total.
“Si el partido político a través de sus funcionarios, empleados o terceros se opusieran u obstaculizaran el ejercicio de las facultades del interventor, el presidente del Consejo General (del IFE), a petición de aquél, podrá solicitar auxilio de la fuerza pública”, apunta el proyecto de reglamento.
Si un partido quiere disolverse deberá informarlo de inmediato al IFE pues, de lo contrario, la Unidad de Fiscalización del instituto lo intervendrá. Sus ministraciones por financiamiento público serán retenidas y eventualmente serán utilizadas para pagar multas.
El documento fue aprobado por el Consejo General del IFE dentro de una lista de casi 20 nuevos reglamentos internos que se analizaban para lograr que el instituto cumpla con lo dispuesto por el Cofipe y atender las nuevas atribuciones derivadas de la reforma electoral de 2007.
El documento explica que si un partido no alcanza la cantidad mínima de votos (2% del padrón electoral) para mantener su registro “designará de inmediato un interventor” responsable del control y vigilancia directos del uso y destino de los recursos y bienes del organismo político.
El interventor, designado por insaculación, tendrá “las más amplias facultades para actos de administración y dominio” sobre el conjunto de bienes y recursos del partido, por lo que todos los gastos que realice el partido deberán ser autorizados por esta persona designada por el IFE.
Advierte: “No podrán enajenarse, gravarse o donarse los bienes muebles e inmuebles que integren el patrimonio del partido hasta en tanto quede firme la resolución o declaratoria de pérdida del registro correspondiente”. Es decir, desde el día de la votación hasta el término del recuento de votos y la resolución del Tribunal Electoral ante una eventual impugnación.
El interventor tendrá entre sus tareas determinar los montos de las obligaciones laborales, fiscales, administrativas y con proveedores o acreedores.