Este jueves entra en vigor la nueva Ley de Uniones de Crédito que permitirá a estos intermediarios financieros ampliar sus servicios.
El decreto publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), establece asimismo adiciones y reformas a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
El objetivo de la nueva ley, señala el documento, es regular la organización y funcionamiento de las uniones, así como las operaciones que podrán realizar, con lo cual dejarán de apegarse a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito.
Las entidades que hayan sido autorizadas para operar en términos de esta ley que data de 1985 se clasificarán con un nivel de operaciones I, en cuyo caso deberán contar con un capital mínimo suscrito equivalente en moneda nacional al valor de dos millones de unidades de inversión (Udis).
A partir de la entrada en vigor del decreto, las entidades en este nivel que no cuenten con dicho capital mínimo contarán con un plazo de cinco años para integrarlo, de lo contrario dejarán de operar con el carácter de uniones de crédito.
En el caso de las uniones de crédito con nivel de operaciones II será el equivalente a tres millones de Udis y para el caso del nivel III el capital mínimo suscrito equivalente será de cinco millones de Udis.
Las entidades con niveles de operación II y II podrán a partir de la nueva legislación otorgar o recibir créditos de otras uniones, realizar factoraje y arrendamiento financiero, mientras que la encomienda fiduciaria en fideicomisos de garantía estará reservada para las instituciones del nivel III.
El decreto publicado ayer precisa que será la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) la que emita los lineamientos mínimos a los que deben sujetarse las uniones de crédito para procesos crediticios, calificación de cartera crediticia, coeficientes de liquidez y administración integral de riesgos, entre otros.
La operación de las uniones de crédito estará supervisada por la CNBV y las sanciones por infracciones a la nueva ley serán de carácter administrativo e irán desde 200 hasta 100 mil días de salario mínimo general vigente para el Distrito Federal.
Así, a partir de mañana las uniones de crédito contarán con un plazo de 180 días para presentar a la CNBV la aprobación de sus estatutos sociales.