Durango

Ante el fiscal, dos narcomenudistas

En el marco de las acciones que realiza la Procuraduría General de la República (PGR) a través de la Delegación estatal para combatir el narcomenudeo y los delitos contra la salud, fueron aseguradas dos mujeres quienes presuntamente se dedicaban a la venta ilícita de “cristal” en un domicilio ubicado en el poblado Chocolate sobre el kilómetro 203 de la carretera Gómez Palacio-Durango.

Derivado de la orden de cateo otorgada por el Juez Primero de Distrito en La Laguna, el agente del Ministerio Público de la Federación, adscrito a la Unidad Mixta de Atención al Narcomenudeo en Gómez Palacio, con el apoyo de elementos de la Policía Federal-Agencia Federal de Investigación, cumplimentó el ordenamiento judicial número 04/2008.

LUGAR DE LOS HECHOS

La diligencia se realizó en el domicilio ubicado en el kilómetro 203 de la carretera federal Gómez Palacio-Durango, del poblado conocido como Chocolate, lugar que al ser revisado por agentes federales, en una habitación se encontraron 17 envoltorios con 2.5 gramos de “cristal” y tres envoltorios depositados en un bote de la misma sustancia con un peso bruto de dos gramos.

Dentro del inmueble se encontraban María Antonieta Rosales González, alias “La Toña”, de 31 años de edad, originaria de Torreón, Coahuila, y María Guadalupe Carreño Moreno, alias “Doña Mary”, de 40 años, originaria de Gómez Palacio, quienes presuntamente se dedicaban a la ilícita actividad y quienes tenían en su poder la cantidad de 153 pesos.

INVESTIGACIONES

Por tal motivo, las indiciadas, el numerario y la droga fueron puestos a disposición del agente del Ministerio Público de la Federación, quien continúa con la integración de la averiguación previa PGR/DGO/GP/UMAN/038/2008 por el delito contra la salud, dentro de la cual se investigarán los probables propietarios de la droga y los dueños del lugar.

Con estas acciones, la Procuraduría General de la República reitera el compromiso con la sociedad de continuar combatiendo los puntos de venta de droga al menudeo así como en el combate frontal en contra de todas las modalidades de los delitos del orden federal.

CONDENA

El artículo 194, fracción primera del Código Penal Federal, señala: “Se impondrá prisión de diez a veinticinco años y de cien hasta quinientos días multa al que […] Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud. […] Para los efectos de esta fracción, por producir se entiende: manufacturar, fabricar, elaborar, preparar o acondicionar algún narcótico, y por comerciar: vender, comprar, adquirir o enajenar algún narcótico…”

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