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Aprueban diputados causales de nulidad de elección presidencial

La Cámara de Diputados aprobó en comisiones las reformas a las leyes secundarias en materia electoral y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. (Archivo)

La Cámara de Diputados aprobó en comisiones las reformas a las leyes secundarias en materia electoral y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. (Archivo)

Notimex

Los comicios presidenciales podrían ser anulados cuando se presenten irregularidades en al menos 25% de las casillas.

La Cámara de Diputados aprobó en lo general, en comisiones, las reformas a las leyes secundarias en materia electoral, en las cuales se establecen las causales para la nulidad de la elección presidencial.

En estas causales, se indicó, es cuando se presenten irregularidades en al menos 25% de las casillas.

Durante la sesión de las Comisiones Unidas de Gobernación y Justicia, se aprobaron los dictámenes de las reformas a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral; y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

En vísperas de que se convoque al periodo extraordinario de sesiones para aprobar esas reformas, se avaló la posibilidad de anular los comicios para presidente de la República.

Esa posibilidad sería cuando se presenten irregularidades en al menos 25% de las casillas, sin que éstas hayan sido corregidas durante el recuento de votos.

“Las salas del Tribunal Electoral podrán declarar la nulidad de una elección de diputados, senadores o presidente de la República, cuando se hayan cometido en forma generalizada violaciones sustanciales en la jornada electoral, en el distrito o entidad de que se trate”.

Asimismo se faculta a las salas del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) a que declaren nula la elección de diputados, senadores o del presidente de la República.

Esta declaración se hará “cuando se hayan cometido en forma generalizada violaciones sustanciales de la jornada, en el distrito o entidad de que se trate en el territorio nacional”.

La reforma a estas dos leyes responde a la necesidad de adecuarlas a la modificación constitucional que hizo el Congreso el año pasado.

El plazo para concretar estas reformas vence el 30 de junio si se quiere que tengan vigencia en los comicios federales de julio de 2009.

Asimismo se establecen como causales para anular la elección presidencial cuando el candidato ganador resulte inelegible; cuando en el territorio nacional no se instale 25% o más de las casillas, y consecuentemente la votación no hubiere sido recibida.

Entre las reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se destacó que el Tribunal Electoral contará con cinco Salas Regionales, que integrarán tres magistrados. Dichas salas podrán conocer de conflictos de elecciones municipales y de diputados locales.

También se acordó que para aspirar al cargo de magistrados electorales se deberá acreditar conocimiento en Derecho Electoral, no haber sido registrado como candidato a cargo de elección popular o ser dirigente nacional, estatal o municipal de un partido en los últimos seis años.

Una vez que dichas reformas sean aprobadas por el pleno de la Cámara de Diputados, la minuta será devuelta al Senado, ya que diversos artículos fueron modificados.

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