La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) dio entrada a los primeros juicios de 2008 promovidos por ciudadanos y partidos políticos contra resoluciones emitidas por autoridades electorales en Hidalgo, Tlaxcala y Puebla.
Con ello, el número de asuntos en sustanciación o proceso de desahogo ascienden a 142 y hasta el momento la Sala Superior no ha comunicado cuándo llevará a cabo su primera sesión del año que inicia.
El primer caso es un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano promovido por Gloria Romero León, quien ostentándose como candidata a diputada por el principio de representación proporcional y por el PAN impugnó el acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal del Estado de Hidalgo.
Este relativo a la solicitud de modificación del registro de fórmulas presentado por el citado partido político.
El asunto fue registrado en el libro de gobierno SUP-JDC-1/2008 y turnado para su análisis y elaboración del correspondiente proyecto de sentencia a la presidenta de la Sala Superior, María del Carmen Alanis Figueroa.
El segundo caso recibido en la Sala Superior del TEPJF es la demanda presentada por Noé León Muñoz, en representación del PRI, en la que se promueve un juicio de revisión constitucional electoral.
Ello con el fin de impugnar la sentencia dictada por la citada Sala Electoral Administrativa del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala en la que confirmó la declaración de validez de la elección de presidente municipal y síndico del ayuntamiento de Apetatitlán de Antonio Carvajal.
También cuestiona el otorgamiento de la constancia de mayoría a favor de Erasmo Ramírez Torres, postulado por la coalición "Alianza Progreso para Tlaxcala". El expediente registrado con la clave SUP-JRC-1/2008 fue turnado también a la ponencia de Alanis Figueroa.
En tercer lugar se encuentran dos demandas presentadas por separado por los partidos Nueva Alianza y Acción Nacional.
Se trata de acciones que promueven el juicio de revisión constitucional electoral, a fin de impugnar la sentencia dictada por el Pleno del Tribunal Electoral del estado de Puebla en los recursos de apelación TEEP-A-013/2007 y acumulado.
Dicha sentencia modificó los resultados relativos a la elección de diputados por el principio de representación proporcional y confirmó las constancias de asignación respectivas otorgadas por el Consejo General del Instituto Electoral local. Los casos fueron turnados a la ponencia del Magistrado Pedro Esteban Penagos López.