¿QUE SIGUE? La Corte revisará si algunas partes del régimen de pensiones que avaló violan la Constitución: ■ La creación, atribuciones y funcionamiento del PensionISSSTE. ■ El régimen establecido para quienes no acepten el PensionISSSTE, que prevé aumentos en los años de jubilación, de trabajo y de cuota. ■ La eliminación de seguros de salud, por riesgo de trabajo, de retiro, cesantía por edad avanzada, de invalidez, de vida. ■ La cancelación de prestaciones como el aguinaldo para quienes se pensionen.
Determinan que el Congreso no violó ninguna disposición al crear un nuevo sistema de pensiones.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló en lo general el nuevo Sistema de Pensiones que se estableció en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), al concluir que no afecta de manera retroactiva a los trabajadores gubernamentales.
Con esta decisión la Corte desechó el principal argumento que esgrimieron los abogados de los más de 2 millones de trabajadores que firmaron las demandas de amparo en contra de las reformas a la nueva Ley.
Después de esta determinación, la SCJN se concentrará únicamente en revisar si algunas de las partes del nuevo régimen como la creación del pensionISSSTE o el aumento de cuotas y disminución de prestaciones de los trabajadores, violan o no la Constitución.
En la segunda sesión de análisis, por ocho votos contra dos, la mayoría del Pleno rechazó la propuesta que les hizo el lunes el presidente del máximo tribunal, Guillermo Ortiz Mayagoitia, en el sentido de amparar a los trabajadores porque se les pretende aplicar de manera retroactiva un régimen de pensiones.
La mayoría de ministros de la Corte llegó a la conclusión de que el Congreso de la Unión no violó ninguna disposición al crear un nuevo Sistema de Pensiones y al obligar –como se establece en el décimo transitorio de la Ley- a los trabajadores a decidir si aceptan sumarse al nuevo esquema de cuentas individuales, que está administrado por el PensionISSSTE, o si optan por un esquema muy parecido al que tenían antes de la reforma para jubilarse, pero que les aumenta las cuotas, los años de trabajo.
El único de los ministros que apoyó la propuesta del presidente de la Corte fue Juan Silva Meza, quien aseguró que la reforma violó la Constitución porque viola los derechos adquiridos de los trabajadores al aplicarles de manera retroactiva una Ley que los obliga a adherirse a un nuevo sistema de pensiones.
En opinión de Silva Meza el legislador no puede tocar ni modificar derechos adquiridos de los trabajadores, porque eso atenta contra las garantías mínimas que les otorga la Constitución.
Pero su postura no tuvo éxito. La mayoría la rechazó.
La ministra Margarita Luna Ramos, quien propuso negar el amparo de la justicia federal a los trabajadores, explicó que la reforma no tiene efectos retroactivos -como aseguran los trabajadores que promovieron las demandas-porque el cambio de régimen no afectó a las personas que actualmente están pensionadas ni a sus familiares como derechohabientes.
De manera coincidente, el ministro Mariano Azuela dijo que “el problema de retroactividad queda totalmente superado en la medida en que no se está obligando a nadie a cambiar de sistema”.