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Avala SCJN testificación de policías que practiquen cateos

Notimex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las actas que se integran como consecuencia de un cateo, en las que los policías que practicaron la diligencia firman como testigos, pues la Constitución no establece restricción alguna al respecto.

Por mayoría de ocho votos, el pleno de la SCJN determinó que la Carta Magna contempla que ante la ausencia o negativa del ocupante del lugar cateado para desingar a testigos, los deberá nombrar la autoridad que practique la diligencia, entre ellos los policías que la llevaron a cabo.

La Corte atrajo un asunto en el que magistrados federales tenían discrepancias sobre el valor probatorio de las actas que se levanten con motivo de un cateo, en las que aparezcan como testigos los policías que participaron en dicho procedimiento, lo que los ministros consideraron era de importancia y trascendencia.

La mayoría de ministros, como Sergio Salvador Aguirre Anguiano, coincidieron en que no se puede tildar de inválida la testificación policial, cuando en el Artículo 16 de la Constitución, que habla de los requisitos de este procedimiento, no se encuentran los elementos que debe contener.

El ministro José Ramón Cossío Díaz opinó que "la propia Constitución" faculta la designación de testigos y la valoración del testimonio de los policías que realizan un cateo en apoyo al Ministerio Público, por el juez.

El presidente de la SCJN, Guillermo Ortiz Mayagoitia, dio por terminado el asunto y dijo que por las condiciones de peligrosidad en que se dan los cateos, que se llevan a cabo en horas inusuales y en lugares aislados, "no es posible conseguir otro tipo de testigos".

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