El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que son válidas las sesiones de la Comisión Nacional de Garantías del PRD en las que sólo estén presentes dos de sus tres integrantes.
En la sesión de este miércoles, la Sala Superior del máximo órgano electoral del país resolvió la contradicción de criterios entre ella y la Sala Regional de la Segunda Circunscripción Plurinominal con sede en Nuevo León, Monterrey.
El criterio que debe prevalecer con carácter de jurisprudencia obligatoria es el de la Sala Superior del TEPJF, la cual se pronunció porque la citada comisión del Partido de la Revolución Democrática (PRD) sí puede sesionar con dos de sus comisionados.