El 85% de los usuarios desconfía que estén abasteciendo sus vehículos con las cantidades que registran las bombas de las gasolineras. (Archivo)
Multarán con 50 mil pesos a quienes defrauden a consumidores.
El Senado aprobó por unanimidad reformas al Código Penal Federal para sancionar a concesionarios, administradores y empleados que vendan gasolina, gas o diesel en cantidades menores a las que registre la bomba de servicio.
Habría multas hasta por 50 mil pesos y prisión hasta por 12 años, dependiendo de la gravedad de la falta, a quienes defrauden a los consumidores.
El objetivo es evitar que se engañe a los conductores de automóviles o camiones que cargan combustible y que regularmente lo hacen sin tener la certeza de que se les está vendiendo litros de a litro.
De acuerdo con estadísticas oficiales, el 85% de los usuarios desconfía que estén abasteciendo sus autos con las cantidades que registran las bombas o instrumentos de medición.
La iniciativa para sancionar a gasolineros tiene la autoría de los senadores perredistas Tomás Torres y Silvano Aureoles y fue dictaminada favorablemente por las Comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos.
Ricardo Monreal, también del PRD, intentó frenar en el pleno del Senado el dictamen.
Propuso regresarlo a comisiones con el argumento de que había necesidad de volverlo a estudiar para garantizar no afectar a las empresas o concesionarios de gasolineras.
Sin embargo, su propio compañero Aureoles subió a la tribuna para aclararle que lo primero era proteger el interés de las mayorías y en este caso el de los consumidores de combustibles.
El dictamen todavía se modificó durante su discusión en la sesión del Senado, a petición de los priistas José Eduardo Calzada y Francisco Labastida, porque en un principio parecía que únicamente se castigaba a empleados o despachadores que violaran la Ley.
Con la nueva redacción, se sancionará a quienes detenten la concesión o franquicia.
Lo que no prosperó en esta reforma fue la revocación de la concesión, porque, según Francisco Labastida, esto no se puede hacer a través del Código Penal Federal sino en la Ley orgánica de Pemex.
El dictamen, con los ajustes de última hora, se aprobó con 88 votos a favor. Se envió a la Cámara de Diputados para su revisión y votación.