De no cumplir a tiempo con su declaración, el SAT impondrá una multa de 860 pesos a diez mil 720 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas.
Entre las deducciones personales están los gastos hospitalarios y el pago de honorarios a médicos y dentistas, así como análisis clínicos, prótesis y aparatos de rehabilitación.
El 30 de abril vence el plazo para presentar la declaración anual de impuestos de personas físicas, por lo que es importante no dejar hasta el último día esta obligación.
Si recibes honorarios por prestar servicios profesionales, generas ingresos por concepto de renta de bienes inmuebles o participas en actividades empresariales, lo mejor será que atiendas este deber a tiempo y evites el pago de recargos o multas.
Incluso, si obtienes otros ingresos acumulables distintos a tu salario, excediste los 400 mil pesos de sueldo en el año o generaste más de cien mil pesos por concepto de intereses en los últimos 12 meses, tampoco podrás librarte de presentar tu declaración.
Y aunque parezca una tarea difícil de concretar y que sólo podrías hacer con ayuda de un contador, no lo es. A través de Internet y en cinco sencillos pasos podrás dar trámite en unas cuantas horas con el proceso, siempre y cuando tengas a la mano la información que se solicita.
Lo primero será contar con una constancia de pagos y retenciones emitida por el empleador o banco cuando se hayan percibido ingresos por salarios y servicios profesionales o por intereses obtenidos y pagados en créditos hipotecarios destinados a casa habitación.
También deberás concentrar las facturas o recibos de tus gastos personales que servirán para deducirlos del importe a pagar.
De acuerdo con información del Sistema de Administración Tributaria (SAT), entre las deducciones personales están los gastos hospitalarios y el pago de honorarios a médicos y dentistas, así como análisis clínicos, prótesis, aparatos de rehabilitación y compra de lentes graduados hasta por dos mil 500 pesos.
También se incluyen los desembolsos funerarios, donativos, las primas de seguros de gastos médicos tanto personal como del cónyuge y familiares ascendientes o descendientes en línea recta.
Completan la lista los intereses reales en créditos hipotecarios, las aportaciones voluntarias a la Afore, el transporte escolar obligatorio, los depósitos en cuentas personales para el ahorro, pago de primas para seguros relacionados con la edad, jubilación o retiro y las acciones de sociedades de inversión, siempre y cuando no se excedan los 152 mil pesos como importe de los estímulos fiscales a deducir.
A todo esto hay que sumar el beneficio que el Gobierno Federal anunció en marzo pasado para incentivar a los contribuyentes.
Se estableció facilitar un crédito fiscal por mil pesos a las personas físicas si presenta a tiempo su declaración.
El estímulo consiste en la posibilidad de restar mil pesos contra el cargo del impuesto sobre la renta o el impuesto al activo. Cuando el impuesto a pagar sea inferior a los mil pesos, el importe será igual a la cantidad que resulte como cargo del impuesto.
Otra de las características es que el crédito fiscal sólo podrá ser válido en declaraciones por Internet a través del portal del SAT, lo que implica el uso de la Firma Electrónica Avanzada.
La aplicación del estímulo, según el SAT, no dará lugar a devoluciones o compensaciones, además que deberá especificarse el importe en el campo ‘otros estímulos’ dentro del programa DeclaraSAT.
Por lo tanto, deberás contar con su Clave de Identificación Electrónica Confidencial para poder enviar su declaración por Internet. Esta clave que no es otra cosa que el RFC y una contraseña que puede obtenerse en cualquier módulo de servicios del SAT o por Internet. Para iniciar la declaración necesitarás descargar e instalar el programa de cómputo Declara SAT.
Ahí se capturan los datos —tanto personales como numéricos— y se generará un archivo con la declaración.
Este documento se envía al SAT vía electrónica y recibirás a cambio un acuse de recibo con el número de operación. Si la declaración resultó en ceros o con saldo a favor, aquí termina el procedimiento; pero si resultó un impuesto a cargo tendrás que ingresar al portal de un banco autorizado y pagar.
De no cumplir a tiempo, el SAT impondrá una multa de 860 pesos a diez mil 720 pesos por cada una de las obligaciones no declaradas y de ocho mil 780 pesos a 17 mil 570 pesos por omitir todas las declaraciones.