El juez 6 de Distrito en Materia Laboral declaró legalmente existente la huelga en la minera Cananea, en Sonora, la cual estalló hace más de seis meses.
El juez Ariel Torres Quevedo, quien ha llevado el caso desde la suspensión provisional y resolvió el amparo de fondo del sindicato, sostuvo que quedó demostrado que la huelga estalló en tiempo y forma como lo señalaba el emplazamiento.
Desde el principio la empresa minera de Cananea argumentó que los trabajadores no habían cumplido con el requisito de colocar las banderas de huelga a la hora programada y además no se encontraban en el centro de trabajo todos los sindicalizados.
Esta es la tercera ocasión en que el sindicato minero obtiene un amparo contra la declaración de ilegalidad de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA), aunque la empresa minera de Cananea aún puede presentar un recurso de revisión.
De acuerdo con la ley, sería el último amparo a que tiene derecho y la última revisión que podría solicitar la empresa perteneciente al Grupo México, la cual presentó un recurso de revisión que deberá resolver un Tribunal Colegiado de Circuito.
El secretario de Relaciones Exteriores del sindicato minero, Carlos Pavón Campos, aseguró que la huelga en Cananea siempre ha sido legal y que la empresa está en su derecho de agotar los recursos legales que estén a su alcance, y confió en que la ley les dará la razón.
Recordó que el Tribunal Colegiado tiene 10 días para determinar si el juez federal actuó conforme a derecho, y de ser así se declarará legal la huelga y se volverán a instalar las banderas rojinegras en la mina de cobre más importante del país.
La huelga de Cananea estalló el 30 de julio pasado, ante la exigencia de mil 300 trabajadores de mejores condiciones de seguridad e higiene que no se habían cumplido de acuerdo con el Contrato Colectivo de Trabajo.
A su vez, la empresa Mexicana de Cananea informó que presentó el recurso de revisión contra la resolución del juez que concedió un amparo al sindicato minero.
En un comunicado indicó que tomará de dos a tres meses para que el Tribunal Colegiado resuelva el fondo del litigio y, por tanto, subsiste la inexistencia de la huelga.
Agregó que mientras se llega a una resolución de fondo, los términos de la suspensión definitiva dictadas por el juez de amparo seguirán vigentes.
Por ello, los trabajadores que no se presenten a trabajar no perderán su empleo y se protege también a los sindicalizados que regresen a sus labores.
Agregó que la empresa continuará operando y elevando su capacidad productiva.
"Mexicana de Cananea está produciendo 40 toneladas de cátodo de cobre y 250 toneladas de concentrado con un contenido de cobre de 70 toneladas", concluyó el comunicado.