El viernes 28 de diciembre del año pasado en el Periódico Oficial, se publicó la Ley de Ingresos del Municipio de Matamoros para el ejercicio fiscal de 2008, donde fueron autorizadas las fórmulas para el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP).
El servicio se pagará a través del recibo de la Comisión Federal de Electricidad
Los municipios de San Pedro y Matamoros ya definieron los cobros del DAP para este año, bajo un nuevo esquema autorizado por el Congreso del Estado.
El director de Ingresos del Ayuntamiento de San Pedro, Pedro Argumedo Ramos, informó que a partir de este año el cobro del DAP se seguirá realizando a través de la Comisión Federal de Electricidad (CFE). Cada usuario pagará 52 pesos bimestrales.
El diputado local Jorge Antonio Abdala Serna, explicó que el Congreso elaboró una fórmula para definir el monto que le corresponde pagar a cada contribuyente, dijo que cada Municipio debe dividir la cantidad que paga durante el año por consumo del alumbrado público entre el número de usuarios que tiene la CFE y la cantidad que resulte se dividirá entre 12 y la cifra que resulte será la cantidad que pagarán mensualmente los contribuyentes.
Desde el 28 de diciembre del año pasado en el Periódico Oficial, se publicó la Ley de Ingresos del Municipio de Matamoros para el ejercicio fiscal de 2008, donde se anuncian como autorizadas, las fórmulas que las autoridades matamorenses elaboraron para el cobro del Derecho de Alumbrado Público (DAP).
El secretario del Ayuntamiento, Enrique Sánchez Tovar, informó lo anterior y notificó que es en la sección tercera de los Servicios Públicos de Alumbrado Público, precisamente en el Artículo 16, donde se especifica la forma de recaudación.
En dicho apartado se detalla que la tarifa mensual correspondiente al derecho de alumbrado público, será la obtenida como resultado de dividir el costo anual global general actualizado erogado por el Municipio en la prestación de este servicio, entre el número de usuarios registrados en la Comisión Federal de Electricidad y el número de predios rústicos o urbanos detectados que no están registrados en la CFE.
“El resultado será dividido entre 12. Y lo que dé como resultado de esta operación se cobrará en cada recibo que la CFE expida y su monto no podrá ser superior al 4 por ciento de las cantidades que deban pagar los contribuyentes en forma particular, por el consumo de energía eléctrica”, apuntó.
El Artículo 16, también especifica que los poseedores de predios rústicos o urbanos que no estén registrados en la CFE, pagarán la tarifa resultante mencionada en el párrafo anterior, mediante el recibo que para tal efecto expida la Tesorería Municipal.
Por su parte, el legislador sampetrino dijo que en el Congreso también se acordó que será la Comisión Federal de Electricidad la que se encargará de cobrar el DAP, porque se considera que otros medios no serían convenientes.
El director de Ingresos de San Pedro informó que el Cabildo aplicó la fórmula propuesta por el Congreso del Estado y tras hacer los cálculos se acordó que durante 2008 los contribuyentes deberán pagar 26 pesos mensuales.
Argumedo Ramos dijo que los usuarios deberán pagar entonces 52 pesos bimestralmente, pues la Comisión Federal de Electricidad realiza el cobro por bimestre y por esta razón este concepto aparecerá en los recibos que la paraestatal gire a partir de este mes de enero.
A su vez, Sánchez Tovar indicó que se entiende para efectos de esta Ley por “costo anual global general actualizado erogado”, la suma que resulte del total de las erogaciones por gasto directamente involucrado con la prestación de este servicio traídos a valor presente tras la aplicación de un factor de actualización que se obtendrá para el ejercicio 2008 dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor del mes de Noviembre de 2007 entre el Índice Nacional de Precios al Consumidor correspondiente al mes de octubre de 2006.
El funcionario manifestó que de esta manera, la CFE hará los cargos en los recibos, donde la única diferencia que se percibe en este procedimiento, es que no se está cobrando sobre el consumo, sino por cuotas fijas que “se llaman residenciales, comerciales, tarifas de consumidor medio y grandes consumidores”.