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Desconocen Bancos portabilidad de nómina

Desconocen Bancos portabilidad de nómina

Desconocen Bancos portabilidad de nómina

Virginia Hernández

A partir del cuatro de agosto los trabajadores podrán elegir en qué banco quieren que se le deposite la nómina.

A menos de una semana que dé inicio la Portabilidad de la Nómina, los bancos desconocen el procedimiento a seguir que permitirá a los trabajadores elegir el banco en donde se realizarán los depósitos de su salario, el cual no tendrá ningún costo para él. De acuerdo a la circular 25/2008 de Banco de México se determina que las nuevas disposiciones entran en vigor el 4 de agosto del presente año.

Un sondeo aplicado a instituciones como Banregio, Bajío, Banamex y HSBC a los ejecutivos o gerentes de La Laguna arrojó que hasta el momento no han recibido ningún comunicado en el ámbito central, en donde se informe el nuevo procedimiento a seguir o la entrega de un formato a los trabajadores que deseen hacer el cambio.

En la pàgina de Internet de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef) destacó que el tema no es nada nuevo dentro del sistema financiero mexicano, ya que se puede actualmente hacer la transferencia de una cuenta a otra, pero pagando un costo que oscila en ventanilla desde 5 pesos hasta 170 pesos más impuestos, y por Internet desde 5 pesos hasta 80 pesos más impuestos, dependiendo de la cantidad a transferir.

La Comisión define la Portabilidad de la Nómina como la posibilidad que tiene el trabajador titular de la cuenta de decidir a que banco le depositan su salario.

Guillermo Quintero Rodríguez, delegado estatal de Condusef, declaró que esta nueva disposición resulta “atractiva a los usuarios de servicios financieros”, ya que tradicionalmente es el patrón de una empresa quien decide que institución bancaria se hacen los depósitos de pago de nómina de sus trabajadores.

Para el delegado la Portabilidad de la Nómina busca liberar al trabajador de este acuerdo y sea él quien seleccione la institución en donde se deposite su salario, pero sin los costos acostumbrados que hacia al momento de sacar del cajero y depositarlos en su cuenta de ahorro de otro banco, inclusive eliminando hacer largas filas en ventanilla por querer retirar mayores montos.

De acuerdo al portal de la Comisión este cambio se da gracias a la derogación de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros de 26 de enero de 2004, y se crea la nueva Ley para la Transparencia publicada el 15 de junio de 2007, la cual recoge nuevamente el tema de la Portabilidad de la Nómina en su artículo 18, señalando también que las instituciones de crédito deberán sujetarse a las disposiciones de carácter general que emita Banco de México sobre este tema.

El pasado 11 de junio, el Banco Central publica la circular 25/2008, la cual deja claramente establecido que el trabajador puede transferir el producto de su salario de una cuenta a otra “sin costo alguno”.

Es decir, la institución ordenante que transfiere los recursos, al igual que la institución receptora no debe cobrar ningún tipo de comisión.

Esta circular señala adicionalmente que el trabajador podrá solicitar a la institución de crédito donde le depositan su salario “el formato” y ordenar se haga la transferencia correspondiente, la cual se realizará el mismo día hábil de cuando le depositan su salario.

A decir de Quintero los cambios hechos a la Ley de Transparencia permiten “crear una competencia sana en las instituciones bancarias y den un beneficio a los trabajadores por depositar con ellos su salario”.

Dijo que hasta el momento se tiene entendido que la transferencia será sin costo alguno para el trabajador y que la transferencia se realizará el mismo día en que se haga el depósito. Hasta el momento desconoce si los bancos han recibido o no un comunicado al respecto, ya que estas funciones le corresponden a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

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