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Dinero urgente, el empeño, una solución

Las casas de empeño tienen un mercado potencial de 80 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA), que para el primer trimestre de este año ascendía a más de 35 millones de personas. (Archivo)

Las casas de empeño tienen un mercado potencial de 80 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA), que para el primer trimestre de este año ascendía a más de 35 millones de personas. (Archivo)

40 millones de mexicanos encuentran la solución en los montepíos esta temporada debido a la urgencia de obtener dinero para atender los compromisos de pago durante los primeros días del año.

No es la mejor opción. Acudir a una casa de empeño para hacer frente a la cuesta de enero podría resultarle caro. Sin embargo, resulta uno de los medios de más fácil y rápido acceso en casos de emergencia.

Alrededor de 40 millones de mexicanos encuentran la solución en los montepíos esta temporada debido a la urgencia de obtener dinero para atender los compromisos de pago durante los primeros días del año.

Una vez sobregiradas las tarjetas de crédito y a que el aguinaldo no alcanzó a conocer el 2008, las más 250 casas de empeño con sus servicios que no son los más baratos, pero su capacidad de respuesta —casi inmediata— las convierte en alternativas para salir de apuros: son las casas de empeño.

De acuerdo con la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Servicios Financieros (Condusef), estas empresas cobran una tasa de interés anual que va de 48 por ciento a 120 por ciento, mientras que las instituciones bancarias aplican réditos por financiamientos de nómina que oscilan entre 16 por ciento y 27 por ciento al año.

José Manuel Adame, presidente de la Asociación Nacional de Casas de Empeño (Anace), informó que esta actividad tiene un mercado potencial de 80 por ciento de la Población Económicamente Activa (PEA), que para el primer trimestre de este año ascendía a más de 35 millones de personas.

El nicho de mercado se limita a personas con ingresos menores a diez salarios mínimos al mes y que —en muchos de los casos— no cuentan con acceso a la banca comercial.

Debido a que son instituciones no reguladas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y ante la proliferación de estas compañías, en junio pasado se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, que obliga a las casas de empeño a registrar sus contratos de adhesión ante la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).

En 2004 había cerca de mil 600 negocios de este tipo en el país, según el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) y, a la fecha, de acuerdo con casas de empeño particulares, la cifra asciende a tres mil.

Para constituir los contratos conforme a derecho, las casas de empeño tienen como límite hasta seis meses a partir de la expedición de la Norma Oficial Mexicana, que deberá publicar en breve la Secretaría de Economía.

La medida también adiciona como acto legal las actividades de las casas de empeño en el Código de Comercio.

De estas modificaciones quedan excluidas las tres de asistencia privada que operan en el país: el Nacional Monte de Piedad, la Fundación Rafael Dondé y Montepío Luz Saviñón, por su carácter no lucrativo.

Prenda por efectivo

Para que el pignorante, persona que solicita un crédito, pueda tramitar un préstamo, debe primero presentar su prenda. Por lo general, son bienes muebles como relojes y alhajas, vehículos, camiones o piezas de arte, aunque los títulos de propiedad de casas o terrenos también pueden ser sujetos de préstamo.

Después, un especialista determinará la autenticidad del bien y valuará su precio comercial para ofrecer cierta cantidad en efectivo.

El monto del financiamiento varía, según la institución que se trate, entre 50 y 80% del valor comercial del objeto.

Si el pignorante acepta el monto, el valuador toma los datos del cliente y firman el contrato a un determinado plazo y tasa de interés.

El comprobante de préstamo se le denomina billete de empeño y es el único documento que hace válido el contrato.

Las condiciones de refrendo y, en su caso, de comercialización también se sujetan a las disposiciones de cada casa de empeño.

Refrendos y remates

Como no hay un reglamento uniforme, los refrendos pueden limitarse a cierto número, aunque por lo general son indefinidos siempre que se paguen los intereses.

Por ejemplo, Montepío Luz Saviñón restringe a ocho veces el refrendo por relojes y a dos el de productos varios, según la Condusef.

Para desempeñar una prenda basta con liquidar el monto total del préstamo y, en su caso, de los intereses acumulados.

Cumplido el tiempo de gracia para recuperar la prenda y al no liquidar el préstamo, ésta pasa al área de remates.

En algunos casos, las casas de empeño elaboran catálogos para su venta o las concesionan a joyerías. Una vez consumada la venta, el pignorante tiene derecho al cobro de demasías.

Según la Condusef, la demasía se refiere al remanente entre el valor de venta y el costo de la prenda (suma del capital prestado más los intereses y una comisión por comercialización).

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