“Ojalá pudiera tomarse en cuenta a la ciudadanía para que participe en la elección de consejeros electorales”. Juan Said González, empleado
Llega notificación del TEPJF; Congreso tiene 15 días hábiles para nombrar a los funcionarios
El Congreso del Estado tiene, a partir de ayer, 15 días naturales para nombrar los tres consejeros electorales, cuyos nombramientos fueron revocados por el Tribunal Electoral del Poder Judicial Federación (TEPJF). Los consejeros propietarios podrán designarse de los suplentes electos o de los ciudadanos cuyas solicitudes fueron declaradas procedentes de acuerdo al acta de la Comisión de Gobernación. En el caso del suplente no se pudo informar. De este modo el Pleno tiene facultad de decisión en este sentido.
LES REGRESAN SUS CACHIVACHES
Poco después de las 13:00 horas llegaron los documentos que contenían los expedientes de los 138 aspirantes que se inscribieron durante el año pasado para tratar de ostentar el cargo de consejero electoral. Dentro de estas cajas estaban la sentencia y la notificación del Tribunal. La notificación viene hacia el Pleno de la Legislatura, según lo dio a conocer la oficial mayor, Rocío Valles.
Si bien en el Congreso del Estado se negó abundar sobre la sentencia, puesto que la notificación debe ser primero al Pleno, la información se pudo conseguir en forma extraoficial por otras fuentes, de este modo se tuvo conocimiento de los términos y pormenores en los ordenamientos legales que debe cubrir el Congreso del Estado.
En forma desafortunada la fuente solamente pudo dar a conocer información sobre el procedimiento en el caso de los consejeros propietarios, no así del suplente, del que aún quedan algunas dudas.
CONSTITUCIONAL, PROCESO DE ELECCIÓN
Cabe recordar que fueron los del PT y PRD, organismos políticos, quienes demandaron en contra la elección de consejeros. El objetivo que buscaron fue obtener la inconstitucionalidad del procedimiento, sin embargo, ésta fue ratificada por los magistrados en el TEPJF.
Cabe recordar que el Tribunal determinó que procedía solamente en el caso de los tres consejeros a los que les fueron revocados sus nombramientos, se determinó la razón en cuanto a irregularidades en el proceso. En el caso de José Luis Carrillo por inferir que hubo nexos con el PRI, en el de Luis Alfredo Espinoza y Juan Francisco Vázquez por no acreditar su conocimiento en materia electoral, dijo la fuente extraoficial.
Jurisprudencia electoral desde Durango
Dentro del proceso jurídico electoral al interior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), se determinó jurisprudencia en materia legislativa electoral. Los partidos políticos que impugnaron el proceso insistieron en que la falta de firma de la secretaria de la Comisión de Gobernación, Claudia Hernández, en el acta de ciudadanos procedentes para el cargo de consejeros electorales era motivo para invalidar el procedimiento de elección, pero los magistrados determinaron lo contrario.
El Tribunal resolvió que a falta de firma de uno de los miembros de las comisiones y tratándose de las corrientes minoritarias del Congreso no se invalidan las actas. La falta de firma será conducente si la mayoría de los integrantes de la Comisión está de acuerdo en el asunto discutido.