Durango

El Alcalde viola la Reforma Electoral

El Presidente Municipal de Sombrerete viola la ley Electoral, promueve su imagen polìtica con obras de interés social.

El Presidente Municipal de Sombrerete viola la ley Electoral, promueve su imagen polìtica con obras de interés social.

El Siglo de Durango

Sombrerete, Zac.- Con todo y que las recientes reformas en materia electoral, prohiben la propaganda en cualquier modalidad de comunicación social de nombres, imágenes, voces o símbolos, que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público, el alcalde Vicente Márquez Sánchez, no cumple con ello.

El pasado 14 de noviembre de 2007, entró en vigor la Reforma Electoral en materia de Comunicación Social, para los póderes públicos de los tres órdenes de gobierno.

La reforma en esencia, plantea la imposibilidad de promoción personalizada de cualquier servidor público, por lo que la difusión deberá tener un carácter institucional, informativo, educativo o de orientación social.

POLITIZAN EVENTOS

Pero en el municipio de Sombrerete, la difusión social de las actividades del presidente se hacen en forma abierta. Se envían boletines donde abiertamente se politizan los eventos.

Se observa en las fotos de los boletines inaugurando obras carreteras como la de Alfredo V. Bonfil, se le observa dando apoyos como despensas, colchonetas y cobijas, y vendiendo su imagen en forma política, cuando está prohibido.

LO QUE LA LEY SEÑALA

El artículo 34 de la Ley Electoral, ya reformado, señala a la letra: “La propaganda bajo cualquier modalidad de comunicación social , que difunden como tales los Póderes Públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la Administración Pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de Gobierno, deberá tener un carácter institucional”.

LOS FINES

Agrega: “Deberá tener fines educativos, informativos o de orientación social. En ningún caso, ésta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos, que impliquen la promoción personalizada de cualquier servidor público”.

Remata el citado artículo: “Las leyes en sus respectivos ámbitos de aplicación, garantizarán el estricto cumplimiento de lo previsto en los párrafos anteriores, incluyendo el régimen de sanciones, a que haya lugar.

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