Gómez Palacio

Empeora agua vertida al lecho seco

Muchas empresas siguen arrojando aguas residuales al lecho seco del río Nazas, provocando la contaminación de los mantos acuíferos.

Muchas empresas siguen arrojando aguas residuales al lecho seco del río Nazas, provocando la contaminación de los mantos acuíferos.

DIANA GONZÁLEZ

Desde que la Planta Tratadora de Aguas Residuales Oriente trabaja a la mitad de su capacidad, el chorro de agua vertida al lecho seco del Nazas -proveniente del Parque Industrial Lagunero- es más espumosa y maloliente que antes. Además, de haber sido entregada al Sideapa por la empresa Desarrollos Urbanos RIME S.A. de C.V. (Dursa) esta última ya hubiera sido acreedora a todas las penalizaciones que se pueden aplicar por incumplimiento de contrato.

El Sistema Descentralizado de Agua Potable y Alcantarillado (Sideapa) de Gómez Palacio, asegura que existen cuatro penalizaciones que se pueden aplicar de acuerdo al contrato.

No obstante desde mayo de 2007 cuando se inauguró a la fecha la planta no ha funcionado satisfactoriamente en el tiempo estimado así, por los gastos de operación en todos estos meses se hubiera hecho acreedora a una pena por costo de operación para la que sería necesaria una revisión del costo anualizado de operación real menos el costo anualizado de operación propuesto, mismo que a la fecha no se ha efectuado.

La segunda pena equivale al caudal tratado y se aplica si la planta no es capaz de tratar hasta 120 litros por segundo aplicándose en base a un tabulador. Recientemente el director del Sideapa, José Miguel Campillo, confirmó que la planta nunca ha tratado ese caudal y que ha estado en un rango de 70 a 90 litros por segundo. Lo que la haría acreedora a pagar del 20 al 30 por ciento del costo de la actividad, sanción que se aplicaría una vez recibida la planta.

La tercera pena, de calidad, consistiría en que debería cubrir al Sideapa los costos fiscales que por incumplimiento de la NOM-001-Semarnat-1996 le imponga Conagua o cualquier otra autoridad. Dicha norma se refiere a la calidad del agua vertida al Nazas, con la que no se ha cumplido.

La cuarta pena es por Vicios Ocultos que corresponde al pago del 10% del valor de la obra por parte de la empresa y es aplicable una vez recibido el proceso y tiene una vigencia de 12 meses a partir de la fecha de la recepción total. En este rubro entraría la dudosa calidad de la construcción y mecanismo de operación, pues con las recientes lluvias hubo hundimientos por los cuales la planta opera a la mitad de su capacidad.

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Escrito en: agua rebollo

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