Dentro de la Ley se contempla prohibir fumar en los espacios educativos así como instituciones de nivel media superior y superior.
Durango. Se terminaron los fumadores pasivos. Este 28 de agosto entrará en vigor en el estado la Ley General para el Control del Tabaco, por lo que los propietarios de establecimiento tendrán que hacer las modificaciones pertinentes.
Acciones. Dentro del articulado los establecimientos deberán mantener un anuncio con leyendas sobre la prohibición de venta a menores de edad; exigir que el consumidor acredite su mayoría de edad; queda prohibido vender cigarros sueltos; quedará restringido colocar los cigarros en sitios en los que el consumidor pueda tomarlos directamente; se suprimirán las máquinas expendedoras de cigarrillos y se inhibe la venta de tabaco en instituciones de educación pública o privada de educación básica y media superior.
Medidas. La ley contempla que está prohibido encender tabaco o fumar en los espacios decretados como 100 por ciento libres de humo; queda excluido fumar en el interior de escuelas de educación básica y media superior; cuando se trate de lugares cerrados como antros, discotecas, restaurantes y otros es posible habilitar zonas exclusivas para fumadores.
Sanciones. Quien haga caso omiso y no ponga letreros de prohibición a menores, no pida identificación, venda cigarros sueltos o los tenga a la mano de los consumidores, la sanción a que se arriesga es de mil a cuatro mil días de salario y en los demás casos hasta diez mil días de salario mínimo.
Finalmente los propietarios que quieran tener zonas exclusivas para fumadores cuentan con seis meses para realizar las modificaciones o adecuaciones necesarias a sus establecimientos.