A un año de que fuera inaugurada la primer celda de confinamiento del relleno sanitario, misma que sigue sin ser utilizada, el Cabildo aprobó en una sesión de agosto la realización de un estudio de factibilidad para determinar qué tipo de planta de transferencia requiere el relleno sanitario. Sin esta planta no se usará la celda, pues las autoridades tendrían que impedir el paso a los pepenadores, lo que traería al Ayuntamiento un conflicto social.
Según el presidente de la comisión de Limpieza y Ecología, el tercer regidor, Marcos Gómez Quintero, con este estudio se podrá determinar qué tipo de maquinaria es la que requiere el relleno sanitario en base a las necesidades actuales para que haya un adecuado manejo de la basura antes de que ésta sea puesta en la celda de confinamiento.
El director de Servicios Públicos Municipales, Miguel Pérez, será el principal encargado de buscar las empresas que puedan realizar el estudio para posteriormente contratar a la mejor opción. Según el alcalde Ricardo Rebollo Mendoza, este “es el comienzo para poder utilizar la celda de reconfinamiento que tenemos sin usar y que nos digan los que saben cómo hacer y qué hacer para tener una planta de transferencia”.
La planta de transferencia sería un área donde los pepenadores podrían realizar sus actividades y donde haya un manejo adecuado de la basura mediante maquinaria como en países de primer mundo.
La necesidad de contar con ella radica en que el Ayuntamiento de Gómez Palacio vulnera las leyes federal y estatal para la prevención y gestión integral de los residuos dentro del relleno sanitario así como la Norma Oficial Mexicana NOM-083-Semarnat-2003 que se refiere a especificaciones de protección ambiental dentro del mismo.
Lo anterior porque aunque la celda cuenta con una membrana necesaria para evitar la contaminación del subsuelo y los líquidos provenientes de la basura (lixiviados), como indica la NOM-083-Semarnat-2003) en realidad no se usa.
Obligaciones
Tanto la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) como la Secretaría de Recursos Naturales y Medio Ambiente de Durango podrían emitir sanciones.
*La Ley federal indica que los municipios deben verificar el cumplimiento de las disposiciones de las normas oficiales que especifican las condiciones que deben reunir las instalaciones y los tipos de residuos para que pueda disponerse en ellos y para prevenir la formación de lixiviados y la migración de éstos fuera de las celdas de confinamiento.
*La Ley estatal también es clara en que los municipios deberán en su caso autorizar las obras y actividades relacionadas con la instalación y operación de sitios e infraestructura para el traslado de residuos sólidos así como estaciones de transferencia, plantas de selección y sitios de disposición final.