Durango

Fumadores ¡afuera!

El sector restaurantero considera que no habrá perjuicio a sus negocios con la ley que prohíbe fumar en espacios públicos.

El sector restaurantero considera que no habrá perjuicio a sus negocios con la ley que prohíbe fumar en espacios públicos.

El Siglo de Durango

Multas de 100 a diez mil salarios mínimos y el cierre temporal o definitivo de los lugares donde se viole la legislación, así como arrestos de hasta 36 horas, es lo que contempla la recién aprobada Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe fumar a nivel nacional en lugares cerrados con acceso público.

Javier Salas Toulet, ex presidente de la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera y Alimentos Condimentados (Canirac) en Durango, considera que esta nueva norma no implicará un decremento en el número de comensales en sus negocios.

Pero no todos piensan igual. Eduardo Ortega, estudiante de 18 años de edad, considera que esta medida es discriminatoria pues cada persona tiene sus propios gustos y el hecho de que no los dejen fumar en el antro es algo que definitivamente, no aprueba.

PERSPECTIVA

“Creo que esta ley es algo positivo. Los empresarios debemos propiciar y pugnar por la salud, en el ramo restaurantero, en un principio no habrá una baja sensible en las ventas pero a lo mejor sí inconformidad porque las personas que fuman pues también exigen que le sean respetados sus derechos”, piensa Salas Toulet.

Esta ley traerá más beneficios que perjuicios y la sociedad en general debe aceptar que se trata de cuidar la salud de todos.

Explica que es poco probable que los empresarios inviertan en sus instalaciones para tener áreas exclusivas de fumadores sin que el humo pase a otras partes de los negocios. “Lo más correcto, viable y económico es que los establecimientos sean de no fumar”, considera.

La aprobación de esta ley ha generado una polémica no bien fundamentada, reflexiona el entrevistado pues dice que esto es más bien una cuestión de cultura de cuidar la salud.

RECORDATORIO

De acuerdo con la Ley General para el Control del Tabaco, queda prohibido consumir o tener encendido cualquier cigarrillo en los espacios 100 por ciento libres de humo y en las escuelas públicas y privadas de educación básica y media.

El espacio 100 por ciento libre de tabaco queda definido como cualquier área física cerrada con acceso al público o todo lugar cerrado de trabajo interior o de transporte público en los que por razones de orden e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco.

Queda prohibido comerciar, vender, distribuir o suministrar cigarrillos por unidad o en empaques que contengan menos de 14 ó más de 25 unidades, o tabaco picado en bolsas menores de diez gramos.

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