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IFE: multas discutibles

PLAZA PÚBLICA

Miguel Ángel Granados Chapa

En sesión extraordinaria, el consejo general del IFE dará hoy por concluida su intervención en el proceso electoral de 2006, cerrado desde la perspectiva constitucional el 5 de septiembre de ese año, cuando el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación calificó los comicios y declaró presidente electo a Felipe Calderón.

Uno de los actos postreros de la autoridad electoral acerca de ese proceso consistirá hoy en aplicar severas e inusitadas sanciones a partidos por diversas conductas que una comisión de consejeros considera punibles en un dictamen que será sometido al pleno de consejo. Se trata de la respuesta del órgano electoral a quejas presentadas por partidos que cruzaron acusaciones y reproches por acciones ya viejas, cometidas en algunos casos hace cerca de tres años. Otras se refieren a hechos recientes, ajenos por completo al proceso electoral, pero que pueden implicar conductas partidarias contrarias a su compromiso inherente con la legalidad.

El Partido de la Revolución Democrática se quejó ante el IFE de que el candidato panista Felipe Calderón envió por correo un millón de tarjetas de felicitación navideña en diciembre de 2005, en un periodo en que se había suspendido toda suerte de propaganda por consenso de los partidos y la autoridad electoral. En ese mismo lapso, no obstante la tregua acordada, Acción Nacional emitió mensajes por radio y televisión. Por esas conductas la Comisión de quejas y denuncias –integrada por los consejeros Marco Antonio Gómez Alcantar y Virgilio Andrade, miembros del consejo a la hora de esas infracciones, y Marco Antonio Baños, que ingresó al consejo en febrero pasado— proponen una multa al PAN por 38 millones de pesos. No se le responsabiliza (a pesar de que presuntamente obtuvo provecho de ellas) de las intervenciones del presidente Vicente Fox y del Consejo Coordinador Empresarial, admitidas como indebidas aun por el Tribunal Electoral que sin embargo no sacó de ese reconocimiento las consecuencias jurídicas apropiadas, que estaba en situación de generar.

Mucho tiempo más tarde, ya de últimas puesto que estaba por dejar la presidencia de AN, en nombre de ese partido Manuel Espino denunció actos atribuidos al PRD ajenos ya al proceso electoral. Se trata del “plantón” que impidió la circulación en vías céntricas de la Ciudad de México (el Paseo de la Reforma, avenida Juárez y Madero) y de las acciones de su grupo parlamentario que impidieron la lectura del último informe de Fox y pretendieron evitar la protesta de Calderón. Esas conductas, según el dictamen a ser examinado hoy, deben ser castigadas con una multa por 57 millones de pesos. Otra sanción aumenta la penalidad eventualmente pagadera por el PRD hasta setenta millones de pesos, pues se le castiga con 13 más por haber participado con sus aliados Convergencia y Partido del Trabajo en la toma de la tribuna senatorial en abril pasado, acción que se propuso el abordamiento inmediato y a la ligera de las iniciativas sobre reforma energética presentadas por la casa presidencial con el objeto de que se las discutiera y aprobara en las semanas finales del periodo de sesiones ordinarias.

Los partidos afectados, que conocen extraoficialmente el dictamen, anunciaron que impugnarán la decisión que adopte hoy el consejo, y anticiparon sus motivos. Además, en un intercambio de bromas hirientes, el representante del PAN en el órgano electoral Roberto Gil dijo que el plantón que encabezó Andrés Manuel López Obrador “salió barato” al PRD, a lo que presidente sustituto de este partido, Guadalupe Acosta Naranjo dijo que más barata había salido al PAN la Presidencia de Calderón, ganada según implicó, por las infracciones que su partido denunció, amén de otros factores.

Los criterios con que el pleno del consejo electoral resuelva estos casos conciernen a la pertinencia jurídica y a la oportunidad política. Es decir, el órgano superior del IFE debe determinar si conductas como las que causan la megamulta al PRD le son atribuibles orgánicamente ya que no se formalizaron a través de los conductos institucionales de ese partido, y si son punibles actos ocurridos después de concluido el proceso electoral y que por ello no generaron efectos en el resultado de la elección. El PAN no puede aducir esos motivos en su descargo, pues resulta razonable conjeturar que sus presuntas infracciones tuvieron efecto en sus cifras electorales.

El tratamiento procesal de estas quejas termina muy tardíamente, pues también con demora (de más de un año) fue iniciado en el caso de la impugnación panista contra el plantón y los sucesos parlamentarios de septiembre y diciembre de 2006. Aunque no se trata de un órgano judicial, resulta aplicable a las decisiones que tome el IFE el apotegma jurídico-filosófico según el cual justicia demorada es justicia denegada. El consejo electoral no puede dejar de manifestarse ante las quejas y denuncias, pero al hacerlo con tardanza y con resoluciones que implican sumas cuantiosísimas pondrá fuego en una hoguera que esta lejos de convertirse en rescoldo, y que se manifiesta en la polarización de muchos aspectos de la vida pública mexicana.

Por añadidura, la actual composición del consejo agrega un elemento de eventual discordia a la situación. Sólo tres de los nueve consejeros formaban parte de ese órgano cuando ocurrieron los hechos denunciados o se inició su tramitación. No lo harán porque son institucionales, pero los 6 consejeros restantes podrían preguntar ¿a mí por qué?

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