Hace dos semanas el gobernador de Coahuila, Humberto Moreira, propuso castigar con la muerte a los secuestradores. (Archivo)
Advierten especialistas que la medida no se puede aplicar en el Estado porque violaría la Constitución.
Ningún Estado puede aplicar la pena de muerte a los delincuentes porque violaría la Constitución y los tratados internacionales que en esta materia ha firmado el país, de modo que la propuesta para aplicarla en Coahuila es improcedente, coinciden tres especialistas en derecho constitucional.
Consultados sobre la propuesta que lanzó hace dos semanas el gobernador de Coahuila, Humberto Moreira, para castigar con la muerte a los secuestradores, los abogados señalaron que si un Estado impone la pena de muerte, ésta sería revocada en una controversia constitucional o amparos.
Además, agregan, el país avanzó gradualmente hacia la eliminación total de esta pena, lo que se logró apenas en junio pasado cuando se removió por completo de la Constitución. En 2005 se eliminó en la justicia militar.
‘Inconstitucional’
Javier Dondé Matute, doctor en derecho penal internacional del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), aseguró que este castigo ya no se puede instaurar en el país.
México ha firmado compromisos internacionales en la Convención Americana de Derechos Humanos para evitar este castigo, explicó, y cuando un país ha abolido la pena de muerte no la puede restablecer.
“Cualquier disposición, ya sea federal o estatal, está sujeta a las disposiciones de la Constitución y la aplicación de Coahuila (de la pena de muerte) implicaría que ésa Ley o disposición fuera a todas luces inconstitucional.
“Coahuila también está sujeta a las prohibiciones internacionales que tiene México en tratados y resultaría violatorio de derechos internacionales”, enfatizó el investigador del Inacipe.
‘Improcedente’
Carlos Naterem, doctor en Derecho Procesal del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, dijo que los estados están obligados a respetar los tratados internacionales.
“México abolió recientemente la pena de muerte. En este momento hay un compromiso internacional del Estado mexicano de no restablecer la pena de muerte.
“Sería inconstitucional. La Corte establece un orden jerárqico: Constitución, Tratados, Leyes generales federales y después leyes locales. Por lo tanto de aprobarse en un Estado (la pena de muerte) violaría la Constitución y estaría en posesión de ser anulada mediante una acción de inconstitucionalidad y motivos de amparos”, afirmó.
‘Primero información’
Humberto Guerrero, abogado de la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C, sugirió a las autoridades de Coahuila primero informarse antes de hacer cualquier cambio legislativo en este tema.
“Todos los tratados internacionales dicen que si una entidad federativa no cumple con ese tratado hay responsabilidad para el país.
“Jurídicamente no se puede aplicar la pena de muerte en México. Sería violatorio de estos tratados; violatorio de derechos humanos y podría generar responsabilidad internacional a México. Eso sucedería”, aseguró.
Según la Ley
El Artículo 22 de la Constitución de la República que se reformó el 18 de junio de 2008 establece:
Quedan prohibidas las penas ded muerte, de mutilación, de infamia, la marca, los azotes, los palos, el
tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas
inusitadas y trascendentales”.
La reforma constitucional de este año añadió “las penas de muerte” al Artículo 22 y removió el siguiente párrafo:
“Queda también prohibida la pena de muerte por delitos políticos, y en cuanto a los demás, sólo podrá imponerse al traidor a la patria en guerra extranjera, al parricida, al homicida con alevosía, premeditación o ventaja, al incendiario, al plagiario, al salteador de caminos, al pirata y a los reos de delitos graves del orden militar”.
Los tratados ratificados por México donde se comprometió a abolir la pena de muerte son:
Protocolo Opcional II del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos relativo a la Abolición de
la Pena de Muerte. (México se adhirió en septiembre de 2006)
Protocolo de la Convención Americana sobre Derechos Humanos relativo a la Abolición de la Pena de Muerte. (México se adhirió en agosto de 2007).