Durango

Impuestos apuñalan a los comerciantes

Los impuestos terminan por orillar a los comerciantes establecidos a incurrir en la práctica del comercio informal.

Los impuestos terminan por orillar a los comerciantes establecidos a incurrir en la práctica del comercio informal.

Economía

Hay quienes apenas juntan lo indispensable para depositar a los proveedores y aparte tienen que pagar el gravamen.

Durango. Con impuestos como el IDE y el IETU, apuñalan a los comerciantes, quienes pierden la capacidad de crecimiento y generación de empleos, aseveró Alejandro Berumen Arrieta, representante del Comité Directivo del Mercado de Abastos El Refugio.

La entrada en vigor desde el 1 de julio del año en curso del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) ha causado afectación a quienes se consideran medianos comerciantes, pues muchas veces apenas si completan los depósitos que tienen que hacer a los proveedores.

Entre dueños de locales comerciales, secretarias, empleados de mostrador y choferes hay trabajo para alrededor de mil 500 personas, pero difícilmente éste se puede seguir sosteniendo, con el incremento en los pasivos para los locatarios.

Un referente. De acuerdo con la página informativa de internet, www.sat.gob este impuesto aplica en el caso de las personas físicas y morales respecto de todos los depósitos en efectivo, en moneda nacional o extranjera, que realicen en cualquier tipo de cuenta que tengan en las instituciones del sistema financiero, cuya suma exceda 25 mil pesos en un mes.

Para ello se aplica la tasa de 2 por ciento al importe de los depósitos gravados, de acuerdo con la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE).

El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) se calcula aplicando la tasa del 16.5 por ciento para el ejercicio 2008, 17 por ciento para el ejercicio de 2009 y de 17.5 por ciento a partir del ejercicio 2010.

Se aplica a la cantidad que resulte de disminuir de la totalidad de los ingresos percibidos (entiéndase efectivamente cobrados en los términos de la Ley del Impuesto al Valor Agregado) por las actividades mencionadas, las deducciones autorizadas en esta ley.

Su cobro se deriva de la enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y otorgamiento del uso o goce temporal de bienes; entró en vigor desde enero de este 2008.

Daniel Estrada

1,500

personas, entre locatarios, secretarias, empleados de mostrador y choferes, dependen de la actividad comercial del Mercado de Abastos El Refugio.

25,000

pesos o más es la cantidad del depósito bancario en efectivo que amerita la aplicación del Impuesto a los Depósitos en Efectivo.

por ciento, tasa al importe de los depósitos gravados, de acuerdo con la Ley del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (LIDE).

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