El magistrado electoral Pedro Esteban Penagos advirtió que la orden de sanción a los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y Verde Ecologista de México (PVEM) por los spots ilegales del Consejo Coordinador Empresarial (CCE) es inapelable.
Los partidos sabían de la existencia de una figura “culpa invigilando” que obliga a los partidos a actuar en consecuencia cuando, derivado de un acto ilegal, reciben un beneficio.
Además advirtió que los partidos no pueden pretextar la no pertenencia del CCE a sus estructuras partidarias, pues el Artículo 41 constitucional tipifica estas conductas y se adopta la citada figura jurídica culpa invigilando.
Esto, a través de la jurisprudencia se ha ampliado, tomando en cuenta que los partidos políticos como células de la democracia tienen el encargo de velar por que los procesos electorales se desarrollen con toda legalidad, dijo.
Además, aclaró, “no dijimos que se multara a los partidos, dijimos que se les sancionara y esto puede ser una amonestación, pero no se puede quedar sin una sanción si ya se había dicho que era ilegal”.
Detalló que los magistrados nunca dijeron que se sancionara al Consejo Coordinador Empresarial (CCE) pues cuando esos hechos ocurrieron no existía sanción para terceros.
Ahora, recordó, ya existe en la Ley sanción a los terceros, de modo que si esto se hubiera dado actualmente sí habría sanción al CCE.