El Instituto Federal Electoral (IFE) inició un procedimiento de sanción contra Televisión Azteca por el rechazo de esta empresa a transmitir los spots a que tienen derecho los partidos políticos –sin costo al erario- como prerrogativas alcanzadas con la pasada reforma constitucional.
Anoche la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos informó a la Secretaría Ejecutiva del IFE el incumplimiento de la televisora y de inmediato se giraron órdenes para que se recabaran pruebas e iniciara el proceso de sanción que podría concluir en dos semanas.
Además el Instituto, por solicitud del Comité de Radio y Televisión, envió oficios a Televisa y Grupo Imagen para que en un plazo de tres días hábiles informe las causas por las que no transmitieron y que inicien de inmediato la difusión de los spots.
Información recabada señala que el Comité de Radio y Televisión inició la elaboración de un informe sobre el incumplimiento. Hasta anoche Televisión Azteca había rechazado recibir pautas y mensajes que debía transmitir.
El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), en sus artículos 350 y 354, referente a las faltas y sanciones que pueden recibir los concesionarios y permisionarios de radio y televisión que no transmitan los spots, a saber:
El inciso “a” del Artículo 350 considera una infracción de los empresarios “el incumplimiento, sin causa justificada, de su obligación de transmitir los mensajes y programas de los partidos políticos, y de las autoridades electorales, conforme a las pautas aprobadas por el Instituto”.
El apartado “f” del Artículo 354 establece que las sanciones que puede tener una empresa por esta falta va desde una amonestación pública a multas de entre 50 mil y 100 mil días de salario mínimo y hasta el doble si reinciden en su negativa (cifra que podría alcanzar los 10 millones de pesos).