La Corte analizará este martes un proyecto de sentencia en el que se propone avalar casi en su totalidad las reformas al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), mediante las cuales se acortaron los periodos de campaña, se reguló la compra de espacios de promoción en los medios de comunicación electrónicos y se establecieron limitantes para las coaliciones o alianzas de partidos.
Las reformas fueron impugnadas en febrero pasado por los partidos del Trabajo, Convergencia, Verde Ecologista, Nueva Alianza y Alternativa Socialdemócrata porque, en su opinión, en contra de lo establecido en la Constitución, los cambios se hicieron para beneficiar sólo al Revolucionario Institucional, Acción Nacional y Partido de la Revolución Democrática y para desaparecer a los llamados partidos chicos.
En las demandas de acciones de inconstitucionalidad los partidos chicos alegaron, por ejemplo, que las fórmulas que se establecieron para repartir el presupuesto público entre los partidos y para tener acceso a los medios electrónicos no son equitativas.
Pero el ministro Fernando Franco, a quien se le turnó el caso, concluyó que prácticamente todas sus peticiones son infundadas, toda vez que las reformas al Cofipe no violan la Constitución, y así lo plasmó en el proyecto de sentencia que entregó a sus compañeros de la Corte.
En su propuesta, que será analizada en la sesión de hoy, el ministro Franco sólo propuso declarar inválido un párrafo de uno de los casi 400 artículos que contiene el Cofipe.
Se trata del quinto párrafo del artículo 96, en el que se establecen limitaciones para que los partidos utilicen las coaliciones para conservar sus registros.
En ese apartado se establece que en ninguna coalición “se podrá convenir que el porcentaje de votos que se tome para los partidos que no alcancen a conservar el registro, sumado al obtenido por tales partidos, supere 2% de la votacion nacional emitida”.