Los tráileres no podrán circular por carreteras angostas cuando excedan el límite de carga y dimensión.
La Secretaría de Comunicaciones y Transportes vigila que los conductores se apeguen a una norma en la que establece los criterios para circular por las carreteras federales, de acuerdo con las características del camino que desean recorrer.
Durango. Tanto los traileros como las empresas que contratan sus servicios deben apegarse a un reglamento que norma el peso y las dimensiones de la carga que desean transportar; la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) implementó desde el pasado mes de junio la Norma 012 que regula la carga de los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.
Medida de protección. El Centro SCT de Durango explicó que la implementación de la Norma 012 obedece a una medida de protección tanto del resto de los vehículos que transitan por las carreteras federales, como de la infraestructura de ingeniería. El estado es circulado por tráileres cargados con diferente tipo de maquinaria, madera, material para construcción y mercancía comercial; anteriormente en muchos de los casos los camiones presentaban una sobrecarga que desgastaba la carpeta asfáltica además de que complicaba la circulación por las rúas.
Predominan carreteras chicas. Si se considera que la mayoría de las carreteras de Durango son de clasificación C y D, es decir las más bajas, esto indica que el límite permitido para un tráiler de alta capacidad con 12 llantas es de 20 toneladas en el primer tipo, pero de ninguna manera estos automotores podrían circular por el camino tipo D pues aparte de que deterioraría el asfalto ocasionaría que se congestionara el tráfico.
La Norma 012 autoriza la circulación con los pesos y las dimensiones máximas de todas las unidades vehiculares permitidas, únicamente por los tramos carreteros de Durango-Cuencamé y Cuencamé-Gómez Palacio, pero no así por los tramos Durango-Zacatecas, Durango-Parral, Guadalupe Aguilera-Tepehuanes y Durango-Villa Unión; los cuales al ser clasificación D permiten una carga máxima de 13.5 toneladas. Basta ejemplificar que en el último caso ni siquiera se permite la circulación de vehículos de doble remolque.
Libertad en autopistas. Pero las carreteras que tienen una mayor amplitud en cuanto a carriles, como es la autopista Durango-Gómez Palacio y como será la supercarretera, los mismos automotores de hasta siete ejes pueden transportar hasta 31 toneladas.
Pero hay excepciones. Hay algunos casos en que las empresas requieren transportar carga que excede el límite permitido por la Norma 012; en este tipo de casos la SCT ofrece el privilegio de permitir la circulación de vehículos pesados siempre y cuando la empresa compruebe que así lo requiere y que le afecta económicamente en su producción, traslado y comercialización.
Juan Manuel Cárdenas
El Siglo de Durango
(datos)
La Norma 012 se implementó desde el mes de junio en todas las carreteras federales del país para regular la circulación de vehículos pesados.
Las empresas que necesiten que su producto circule por una carretera por la que no está permitido pueden tener un permiso si demuestran que verían afectadas sus finanzas.
Exceso de carga ocasiona accidentes
Durango. El exceso de velocidad y de carga suelen ser factores para que se susciten volcaduras en los diferentes tramos carreteros; el ocho de marzo se registró un caso muy recordado cuando un tráiler se volcó en la carretera La Granja-Santiago Papasquiaro, arrojando un saldo de una persona muerta y otra gravemente lesionada.
En esa ocasión un joven de 18 años iba como copiloto de su hermano y a pocos kilómetros antes de llegar a Santiago Papasquiaro se volcaron, quedando muerto en el lugar del siniestro el primero mencionado, el vehículo con exceso de velocidad.