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Necesario revisar el sistema de partidos en México

Jesús Cantú

A pesar de que en las últimas siete elecciones presidenciales las tres principales fuerzas políticas nacionales han obtenido más del 90% de los votos (salvo en la de 1991, donde sumaron poco más de 87%) y de la polarización electoral que se ha vivido en las dos últimas elecciones presidenciales (más evidente para la opinión pública en la de 2006), donde las dos fuerzas competidoras acumularon más del 70% de los votos, los ocho partidos con registro no representan ni completa ni fielmente la pluralidad de la sociedad mexicana.

En prácticamente todas las encuestas de preferencia electoral o cultura política entre el 35 y el 40% de los votantes afirma que no se identifican con ningún partido (una encuesta de Consulta Mitofsky, de marzo de 2008, lo sitúa en 36.7%) y el porcentaje de rechazo a todos los partidos –de acuerdo a la misma encuesta- oscila en alrededor del 25%, salvo el caso del PRD, que llega al 36.4%.

Pero si se toma en cuenta su ideología, sus documentos básicos, sus postulados y hasta sus propuestas de campaña, los partidos minoritarios no representan una alternativa real a las tres primeras opciones y eso se manifiesta claramente en las coaliciones, en las que todos están dispuestos a participar a cambio de mantener su registro como partidos nacionales.

En realidad en México existen tres partidos nacionales y cinco partidos regionales (en el mejor de los casos) con registro nacional.

Otra de las características del sistema político mexicano es que no existen partidos políticos estatales estables y con una importante influencia en la vida política de sus entidades; esto tiene que ver con las reglas electorales, pues los partidos políticos estatales compiten en situación de desventaja, incluso con los partidos políticos nacionales de nuevo registro.

La reforma electoral del año pasado, en lugar de atender estas deficiencias del sistema de partidos mexicanos, conformó una normatividad propicia para que algunos de los actuales partidos políticos pierdan su registro en los próximos procesos electorales (lo cual es positivo, en la medida en que no son una opción alternativa) y restrictiva para la emergencia de nuevas fuerzas políticas (lo cual sí es muy negativo, porque un porcentaje alto del electorado nacional continuará sin sentirse identificado con algún partido), por lo cual todo indica que en el futuro mediato (máximo un par de procesos electorales federales) el número de partidos políticos nacionales se reducirá a un máximo de cuatro o cinco. Además las resoluciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación todavía acentúan más estas características.

Entre las disposiciones que introdujeron los legisladores destacan por su impacto en el número de partidos, las que tienen que ver con el financiamiento y prerrogativas de los partidos políticos y la forma de computar los votos de las coaliciones. Respecto a las primeras, las dos que más afectan son la fórmula de cálculo de la bolsa total del financiamiento público y las de distribución del tiempo en los medios electrónicos de comunicación.

En el caso del cómputo, finalmente será posible identificar con claridad el sentido del voto de los ciudadanos y serán éstos los que definan las fuerzas que permanecen y las que se van, lo que no sucedía en el pasado cuando los votos de todos los partidos coaligados se sumaban en conjunto y, posteriormente, se distribuían conforme el acuerdo que habían alcanzado las cúpulas de los partidos, lo cual muchas veces no tenía nada que ver con la voluntad popular.

Afortunadamente la cláusula de “vida eterna” (que permitía a los partidos coaligados transferir votos de uno con más del 2% a uno con más de 1, pero menos del 2% necesario para conservar el registro) ya fue revocada por el Pleno de la SCJN, pues la transferencia de votos claramente atentaba contra la voluntad ciudadana.

Y en lo que se refiere a las restricciones para la emergencia de nuevas fuerzas políticas, destaca sin ninguna duda la limitación de abrir el registro de nuevos partidos únicamente una vez cada seis años y, en este caso, los ministros avalaron (por 6 votos a favor y 5 en contra) la constitucionalidad de dicha disposición del Artículo 28 del Cofipe, lo cual tendrá dos efectos: uno, limita la emergencia de nuevas fuerzas, ya que la planeación se tendrá que hacer con seis años de anticipación y aniquila los fenómenos espontáneos; y segundo, obliga a los partidos políticos nuevos a enfrentar su primera elección en los comicios intermedios, que siempre presentan más dificultades para alcanzar el 2% de los votos por lo disperso de la contienda.

Las nuevas disposiciones fueron elaboradas con la idea de preservar e incluso ampliar los privilegios de las tres fuerzas mayoritarias, no de conformar un sistema de partidos que responda a la diversidad de la sociedad mexicana.

La conformación de nuevas reglas electorales que equilibren las condiciones de la competencia electoral en las entidades federativas entre los partidos políticos con registro nacional y los estatales o regionales, daría lugar a la conformación de un sistema de partidos que integraría cuatro o cinco partidos políticos nacionales con un número, probablemente similar, de partidos políticos estatales y regionales.

Pero además permitiría recrear de una mejor manera la diversidad nacional, por lo cual se ganaría en representatividad y, dado que las coaliciones para participar en las elecciones nacionales sí trascenderían el proceso electoral, muy probablemente también en gobernabilidad.

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