Daniel Cabeza de Vaca, subsecretario de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación (Segob), afirmó que su oficina no lleva la defensa jurídica del titular de la dependencia, Juan Camilo Mouriño Terrazo, en el caso de las acusaciones de presunto tráfico de influencias.
"No puedo decirles nada porque no es un tema que esté a cargo mío ni en relación a mí”, dijo ayer en breve entrevista
Cabeza de Vaca fue cuestionado en relación a quién lleva la defensa del secretario de Gobernación sobre las acusaciones del ex candidato presidencial, Andrés Manuel López Obrador, de presunto tráfico de influencias.
El funcionario declaró: “no les puedo hacer ni un comentario, dejen ver qué se va a hacer y con mucho gusto lo compartimos con ustedes”.
De acuerdo con la página de Internet de Gobernación, entre las atribuciones de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos de la Segob, no aparece la facultad de asesorar al titular del ramo en litigios como el que ahora enfrenta.
Entre otras funciones, el titular de la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos debe revisar diversos actos jurídicos, incluida la resolución de recursos administrativos que se interpongan en contra de acciones dictadas por servidores públicos, y “aquellas que le confiera el titular del ramo dentro de la esfera de sus facultades”.
La Secretaría de Gobernación no ha informado quién elabora o participa en la estrategia jurídica en torno a los señalamientos de López Obrador, y que motivó al secretario de Gobernación a entregar un expediente a la Procuraduría General de la República y a la Secretaría de la Función Pública.
La Unidad de Asuntos Jurídicos, que depende de la subsecretaría a cargo de Cabeza de Vaca, tiene entre sus atribuciones “intervenir en los asuntos de carácter legal en que tenga injerencia la Secretaría”.
Además, dicha Unidad puede “emitir opinión respecto de las consultas que en materia jurídica formulen los servidores públicos de la propia Secretaría o de las entidades del sector coordinado por ella, así como las que respecto del ámbito de competencia de la Secretaría realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal”.
Y “sustanciar, conforme a las disposiciones legales aplicables, los recursos que interpongan los particulares contra actos y resoluciones de la Secretaría que den fin a una instancia o resuelvan un expediente y, en su caso, proponer o emitir la resolución que proceda”.