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NORMATIVIDAD AGROPECUARIA | AGROPECUARIA

Por Agustín Cabral Martell

APOYO AL SECTOR PECUARIO

Se ha anunciado el Programa de Apoyos Emergentes al Sector Pecuario, que busca minimizar el impacto de los precios de los granos en todo el país.

El titular de Sagarpa Indicó que este año se operarán programas para que el productor pecuario no se vea afectado en sus costos de producción por los precios internacionales, y a su vez los productores de granos aseguren la venta de su cosecha.

El sector pecuario requiere de este extra, a pesar de que el impacto del año pasado en la cobertura de las cosechas trajo precios razonables para todos, lo que contribuyó a que la inflación en México no se disparara como en otros países.

De esta manera se está contribuyendo a la seguridad alimentaria del país, garantizando el alimento a precios accesibles para que se tenga el equilibrio entre productores y consumidores.

La estrategia para el periodo otoño-invierno será la aplicación de esquemas de agricultura por contrato para maíz amarillo, trigo y sorgo, y un esquema de compras anticipadas para el caso de maíz blanco.

En este programa se incluirán apoyos a las coberturas de precios, tanto para la exportación de trigo como de productos nacionales, y se implantarán esquemas que faciliten la exportación de excedentes.

En cuanto al sector pecuario el Gobierno Federal emprende acciones para fortalecerlo en este momento delicado que están sufriendo por el incremento de los precios en los insumos.

Se destaca que lo primero que tendrán al participar en los esquemas de compras anticipadas y de agricultura por contrato, es un apoyo para la adquisición de coberturas, lo que les permitirá tener un techo en el precio de los granos que van a adquirir de las cosechas nacionales.

Por primera vez se establece un esquema emergente y único para el productor pecuario, a fin de disminuir el costo de los insumos, lo que podría alcanzar hasta cuatro millones de toneladas si participan en todas las cosechas de otoño-invierno, pues se trata de un apoyo de 200 pesos por tonelada de grano.

Por otra parte, se mantiene el apoyo a los rastros Tipo Inspección Federal (TIF), que se plantearon el año pasado, donde cada cabeza de bovino sacrificada va a recibir 200 pesos.

Para el sector porcícola, que sufre un ciclo de precios bajos e insumos caros, se aplican apoyos emergentes de cien pesos por cabeza de ganado porcino y se establece un fondo de garantías para que puedan tener acceso al crédito y comprar insumos, que podrían representar hasta mil millones de pesos en créditos a favor del sector pecuario.

Sagarpa reconoció que en el futuro puede impactar a muchos países del mundo la política energética de Estados Unidos, ya que en los siguientes siete años incrementará sus necesidades de grano de 81 millones de toneladas en 2008 a 141 millones en 2015, lo cual es una señal que debe atender el Gobierno Mexicano.

Lo anterior tiene como fundamento legal la siguiente normatividad: Ley Agraria (D.O.F.26/II/92, 9/VII/93); Reglamento Interno de la Procuraduría Agraria (D.O.F.28/XII/96); Reglamento Interno de los Tribunales Agrarios (D.O.F.13/V/92, 1/II/94); Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios (D.O.F.26/II/92, 9/VII/93); Reglamento de los Tribunales Agrarios para la Transparencia y Acceso a la Información (D.O.F.20/VI/2003); Reglamento Interno de la Secretaría de la Reforma Agraria; Reglamento Interno del Registro Agrario Nacional (D.O.F.9/IV/97); Reglamento Interior de la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra; Distritos para la Impartición de Justicia Agraria; Aplicación de la Ley de Amparo en materia agraria (Art.212-234); Reglamento para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina. (D.O.F.8/V/98); Reglamento en Materia de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares. (D.O.F.6/I/93); Reglamento en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural (D.O.F.4/I/96); Estatuto del Servicio Profesional Agrario; Ley de Desarrollo Forestal Sustentable; Reglamento de la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable; Ley de Aguas Nacionales (D.O.F.1/XII/92); Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales (D.O.F.12/I/94); Ley de Distritos de Desarrollo Rural (D.O.F.28/I/88) (abrogada); Ley sobre Producción, Certificación y Comercio de Semillas (D.O.F.14/IV/61, ya reformada; Ley sobre Variedades Vegetales (D.O.F.25/X/96); Ley de Desarrollo Rural Sustentable; Ley para la Capitalización de Procampo y desde luego la Ley de Sanidad Vegetal y la Ley de Sanidad Animal (D.O.F. 23-II-07).

FUENTE: Gobierno Federal

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