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NORMATIVIDAD AGROPECUARIA | AGROPECUARIA

Agustín Cabral Martell

EL TRATADO DE LIBRE COMERCIO CON ESTADOS UNIDOS Y CANADÁ

En 1992, los presidentes de Estados Unidos, Canadá y México, firmaron el acuerdo comercial norteamericano propuesto por México, diseñado para eliminar trabas al comercio y la inversión en Norteamérica, el Congreso había otorgado el derecho al presidente Bush para negociar con Canadá y México y dejar al congreso que votara a favor o contra el acuerdo, sin la enmienda, apoyado después por el presidente, William Clinton, siendo firmados tres acuerdos laterales (acuerdos complementarios) en agosto de 1993.

Este Acuerdo de Libre Comercio de Norteamérica (NAFTA, por sus siglas en inglés) entró en vigor en enero 1 de 1994, cuyo fin era destrabar el comercio y la inversión entre estos países vecinos. Se cuidó de proteger los productos agrícolas sensibles al intercambio con periodos de desgravación más largos, circunstanciales de tarifa para ciertos productos (estacionales), y previsiones especiales de salvaguardia. Posterior a la transición de 15 años, el libre comercio con México prevalecerá para todos los productos agrícolas.

Los acuerdos bilaterales que se refieren a la protección de las cosechas de importación sensible, contienen las provisiones especiales para el azúcar y el jugo de naranja concentrado y congelado. En Estados Unidos las tarifas mexicanas en el azúcar serán eliminadas conjuntamente con el tratado y la protección mexicana del azúcar en la frontera. Durante los primeros 6 años, los Estados Unidos reducirían sus tarifas de segundo grado en las importaciones de azúcar de México en un 15 por ciento, mientras que México alinea su tarifa con la de Estados Unidos. En cualquier año que dentro del periodo inicial de seis años, el producto excedente neto fuera de los alcances de México no se prohibirá su acceso a los Estados Unidos en una cantidad igual a su exceso neto de la producción, pero sin exceder 25,000 toneladas. Bajo el Acuerdo Trilateral, del séptimo al catorceavo año, un nuevo techo será puesto en las exportaciones del azúcar de México a los Estados Unidos por una cantidad de 250,000 toneladas. México será un productor de superávit neto cuando la producción de dulcificantes (jarabe de maíz incluyendo la alta fructuosa) exceda el consumo.

El TLC contiene previsiones agrícolas especiales de salvaguardia que eviten importaciones en grandes cantidades, y solamente una cantidad específica de un producto seleccionado. Las tarifas más altas se accionan automáticamente cuando las importaciones alcanzan un nivel especificado, asimismo, se aplican en las importaciones de: cebolla, tomate, berenjena, pimienta, chile, calabaza y sandía. México alternadamente las aplica en tres grupos de productos: cerdos vivos y diversos productos del cerdo; manzanas y productos de la papa.

Canadá y Estados Unidos no pueden utilizar los subsidios de exportación directos para los productos agrícolas que son vendidos al otro, ambos países requieren considerar los intereses de exportación del otro, siempre que subvencionen exportaciones agrícolas a los terceros países.

En los estándares de grado y calidad establecidos se convino que cuando alguno de estos países aplique una medida con respecto a la clasificación de un producto doméstico destinado para procesar, el país no proporcionará ningún tratamiento menos favorable para los productos semejantes importados para procesar. Las reglas del TLC respecto a los productos agrícolas fueron construidas para evitar que México se convierta en una plataforma de exportación para los productos procesados elaborados con materias primas subvencionadas que se originan en países no integrantes del TLC. Hay también reglamentaciones con respecto al origen de las materias susceptibles de importar de Estados Unidos, tales como fruta cítrica y productos lácteos.

Los estándares de comercialización agrícola marcan que la cantidad de algunas materias primas de la agricultura y ciertos productos procesados como el jugo de naranja y el queso, están exentos de mínimo suministro. Los jugos de frutas (fresco, helado, concentrado, reconstituido y fortificado) deben tener el 100 por ciento de fruta fresca cítrica de países integrantes del Acuerdo Trilateral.

A Productos de uso diario como leche de Estados Unidos o México, o bien, sus derivados (crema, mantequilla, queso, yogurt, helados, o bebidas basadas en leche), se les otorgan tarifas preferenciales.

Si bien el azúcar refinada no estaba contemplada al inicio del Acuerdo Trilateral, posteriormente ha sido considerada en Estados Unidos, el azúcar de caña o remolacha de azúcar procesada.

En cuanto al cacahuate, México debe producirlo con tasas preferenciales y exportado a Estados Unidos. Asimismo los productos de cacahuate que Estados Unidos exporta a México están sujetos a reglas semejantes.

En lo que respecta a las medidas sanitarias y fitosanitarias, el TLC impone disciplina ante el desarrollo, adopción y aplicación de las mismas, lo que conlleva proteger al ser humano, animales o plantas, o bien contra riesgos de parásitos o enfermedades que pueden presentarse en éstos. Asimismo contra los aditivos alimenticios o los contaminantes.

Aunque el TLC anima a socios que negocien para adoptar estándares internacionales y regionales, el acuerdo reconoce explícitamente el derecho de cada país de determinar el nivel necesario de dicha protección. Tal flexibilidad permite que cada país fije estándares cada vez más rigurosos, mientras tengan bases científicas, también permite que el Estado y los gobiernos locales decreten los estándares más rigurosos que se adopten a nivel nacional, siempre y cuando estos estándares sean científicamente defendibles y se administren de una manera directa y expedita.

El acuerdo de las medidas sanitarias y fitosanitarias del GATT fue diseñado para evitar las incertidumbres inherentes en la determinación de si las regulaciones de la importación sean el equivalente de regulaciones domésticas. El acuerdo establece reglas en cuanto a cómo se adoptan las medidas de la importación, de asegurar la transparencia de las reglas y gobernar la manera como se aplican estas reglas.

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