LAS LEYES ESTATALES DE GANADERÍA EN MÉXICO
Actualmente se está llevando a cabo un proyecto de investigación jurídica en la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro Unidad Laguna (UAAANUL), sobre lo que han legislado los estados del país en materia de ganadería, a fin de ofrecer una metodología a aquellos estados que lo requieran y tengan el propósito de actualizar su legislación ganadera, ya que muchas de ellas se encuentran obsoletas y esto provoca que se frene la producción de carne y sus derivados.
Como un resultado parcial en la etapa de recopilación de datos, se ha encontrado que una buena Ley ganadera debe contener entre otros temas los siguientes: Objetivo y materia de la Ley, autoridades competentes, organización de los ganaderos, propiedad, fierros, marcas y señal de la sangre, animales mostrencos y orejanos, movilización de ganado, aves y sus productos, inspección de ganado y sus productos, conservación, mejoramiento de tierra para criaderos agostaderos y praderas artificiales, de las vías pecuarias aguajes y abrevaderos; mejoramiento de ganado, registro genealógico, exposiciones ganaderas, sacrificio de animales, venta de carne y pieles, industria lechera, establos de ganado lechero, producción, introducción, transporte, venta, manejo y clasificados de leche, sanidad pecuaria, disposiciones comunes a varias especies, ejercicio profesional, porcicultura, avicultura y apicultura, producción pecuaria de acuerdo a las especies en explotación, sanciones y artículos transitorios.
Este equipo de trabajo de investigación lo contemplan los jóvenes que realizan su tesis profesional que vienen a estudiar a la UAAANUL de diferentes estados del país, sobre todo los estudiantes de Medicina Veterinaria y Zootecnia, quienes tienen el deseo de apoyar a su estado actualizando su Ley ganadera, para que finalmente se realice un detallado estudio e inicie el proceso legislativo por el Congreso local de cada entidad.
Por lo que respecta a nuestro estado de Coahuila, lo legislado en materia de ganadería se basa en la Ley de Fomento Ganadero (1969); Ley apícola (1993); Reglamento sobre industria lechera (1940); Ley de Aparcería Rural (1935); Ley sobre Disolución de Latifundios y Protección a la Industria Ganadera (1933); Ley de Corridas de Ganado (1902); Ley que Reglamenta la División de las Comunidades Rurales en el Estado (1933); Decreto en donde se publica que se crea el servicio de clasificación de ganados y carnes para el Estado (1990); esto es lo que legalmente existe en el estado de Coahuila como base para la producción ganadera, que como se verá existe un atraso enorme respecto a la legislación federal y sus requerimientos de actualización, como sucede en ese ámbito de aplicación, baste dar una hojeada a la Ley de Sanidad Animal (D.O.F. 25 de julio del 2007).
A reserva de publicar los resultados finales de este proyecto, habida cuenta de que en nuestro país existen grandes incongruencias respecto a las bases legales para la producción ganadera, estados con una Ley muy antigua (Hidalgo 1938) otros con una Ley moderna (Durango, 2003) y en estos dos extremos estados que mejor legislan en materia pecuaria (Sinaloa, Sonora, Nuevo León, Jalisco, Zacatecas, entre otros). Existen estados que sólo han transcrito el capitulado de otros estados, donde es materialmente imposible saber qué estado le copió a cualquier otro, y se deduce por la fecha de aparición para su vigencia. Resultando imposible concluir en cada uno de los capítulos examinados de las leyes ganaderas, pero a grandes rasgos, se debe actualizar en lo referente a autoridades que en algunos casos no existen en la práctica las manifestadas en la Ley.
En cuanto a lo referente a las medidas preventivas contra el abigeato, la incorporación del profesional agropecuario dentro de la Administración Pública local ya sea en inspección de ganado, administración de rastros y en las mismas direcciones, departamentos y dependencias del Gobierno Estatal para regir la actividad agropecuaria regional, que la mayoría de ellos realizan personas profesionalmente ajenas a esta actividad o poco preparadas para el cargo.
Actualizar lo referente a las sanciones, ya que sería conveniente que las multas se aplicaran en base al salario mínimo que rige en cada estado, como sucede actualmente en las leyes federales y algunas locales.
Las Uniones Ganaderas Regionales y Locales deben participar en la producción de una manera continua y acorde con las políticas que establece tanto el Gobierno Federal como Estatal y que la participación se realice también con los productores de bajos ingresos para que reciban la asistencia técnica adecuada.
Finalmente, que existan programas continuos de asistencia técnica a los productores, en base a convenios previamente establecidos con las instituciones de educación superior y media superior en donde se plasma el beneficio no sólo para la institución o el Gobierno, sino al productor, evitando la emigración del hombre campesino a la ciudad o a los Estados Unidos de Norte América buscando un mejor modo de sobrevivencia fuera de su comunidad.
Por demás interesantes serán los resultados finales de este proyecto, que en su oportunidad se publicarán.